Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 12 de Julio de 2023, expediente CIV 065974/2022/CA002

Fecha de Resolución12 de Julio de 2023
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L

65974/2022

F, M M c/ PAROISSIEN 2640 SA Y OTRO s/MEDIDAS

PRECAUTORIAS

Buenos Aires, 12 de julio de 2023.- M

AUTOS; Y VISTOS:

  1. Con citación de la mediadora interviniente y del Dr. H M J C

    (art. 10, ley 27.423), homológase en cuanto ha lugar por derecho y en los términos del art. 1642 del Cód. Civil y Comercial el acuerdo conciliatorio al que han arribado las partes. N. en la instancia de grado.-

  2. En virtud de la conformidad prestada por la actora (v.

    Cláusula décimosegunda del convenio) y lo que resulta de los informes del perito de oficio Ing. R (ver escritos del 3/2/2023,

    13/3/2023, y 10/7/2023), así como también lo actuado en el reconocimiento judicial el día 7 de julio de 2023, se dispone el levantamiento de la medida cautelar ordenada por esta Sala el 29

    de septiembre de 2022.-

  3. C. copia del acuerdo conciliatorio que aquí se homologa y de esta resolución en el expediente conexo N°

    99219/22 s/interrupción de la prescripción y en el expediente caratulado "F, M M C/ PAROISSIEN 2640 SA Y OTROS

    S/PRUEBA ANTICIPADA", expte.75261/2021, así como también en el proceso sobre beneficio de litigar sin gastos N°

    75261/2021/1.-

  4. Encomiéndase el señor juez de primera instancia verificar el correcto pago de la tasa de justicia.-

    V.R.. C. al CIJ. Oportunamente,

    devuélvase a primera instancia. La vocalía N° 34 se encuentra vacante.-

    GABRIELA A. ITURBIDE MARCELA PÉREZ PARDO

    Fecha de firma: 12/07/2023

    Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.J.P., SECRETARIO DE CAMARA

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