Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 7 de Junio de 2019, expediente CIV 007416/2014

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2019
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J

7.416/14 “FERNÁNDEZ, M.C. c/ PAREDEZ, OSCAR

DALMACIO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS” JUZGADO N° 24

Buenos Aires, junio 7 de 2019.-

Por recibido.-

Proveyendo a fs.389:

AUTOS Y VISTOS:

  1. De conformidad con lo dispuesto por el art.166 del Código Procesal, pronunciada la sentencia, el Juez podrá sustituirla o modificarla de oficio, o a pedido de parte, formulado dentro de los tres días de la notificación y sin sustanciación, cualquier error material, aclarar algún concepto oscuro, sin alterar lo sustancial de la decisión y suplir cualquier omisión en que hubiese ocurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio.-

    Son errores materiales los errores numéricos, o los deslizados en la individualización de las partes o cosas involucradas en la acción.- Son conceptos oscuros los que sólo expresan de una manera ambigua o híbrida la decisión.- Son omisiones los vacíos que muestra el pronunciamiento sobre pretensiones de las partes.-

    Entendemos que en el caso que nos ocupa no se configuran ninguno de los supuestos que la norma impone, en consecuencia corresponde su rechazo.-

  2. Sin perjuicio de ello y en virtud que el Tribunal modificó la regulación de fs.353 realizada en los términos de la ley 27423, corresponde reafirmar lo fundamentos expresados a fs.375/377

    en el sentido que los honorarios de los peritos intervinientes en autos fueron regulados teniendo como base regulatoria el monto del acuerdo arribado entre las partes a fs.316/317.-

    Respecto a lo manifestado en el pto.ii, deberá el peticionario plantearlo en la instancia de grado correspondiente.-

    Fecha de firma: 07/06/2019

    Alta en sistema...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR