Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 3 de Julio de 2019, expediente FMZ 024110/2019/CA001

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A 24110/2019 FERNANDEZ, L.G. c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE

CUYO s/RECURSO DIRECTO LEY DE EDUCA

Mendoza, 03 de julio de 2019.

VISTOS:

Los presentes autos Nº FMZ 24110/2019/CA1, caratulados

FERNÁNDEZ, L.G.C./ UNIVERSIDAD NACIONAL

DE CUYO S/ RECURSO DIRECTO LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR

LEY 24.521

, pasados al acuerdo a fs. 107/108, a efectos de resolver la

competencia y medida cautelar de no innovar, articulada a fs. 68/103.

Y CONSIDERANDO:

  1. A fs. 90/104, se presenta la Sra. L.G.F.,

    por derecho propio, con el patrocinio letrado de los D.. Aleja C. y

    J.C.C., con el objeto de interponer acción procesal administrativa

    por la vía del recurso de apelación directo, en los términos del art. 32 de la

    Ley de Educación Superior Nº 24.521, a fin de que se deje sin efecto la

    Resolución 165/2019 del Consejo Superior de la Universidad Nacional de

    Cuyo.

    Subsidiariamente, peticiona se dicte medida cautelar, tendiente

    a no innovar sobre la situación existente en forma previa a la convocatoria del

    concurso para cubrir el cargo de profesor titular. Ello conforme a los

    fundamentos de hecho y derecho, que en honor a la brevedad, allí he de

    remitirme.

  2. Que, corrido el traslado del recurso al F. General ante

    esta Cámara, a los fines de la competencia, éste se expide respecto a

    Fecha de firma: 03/07/2019 Alta en sistema: 30/07/2019 Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.R.P., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: R.H.M., SECRETARIO DE CAMARA #33627643#238740155#20190703081036478 considerar que la Cámara Federal de Mendoza es competente para entender y

    decidir sobre el caso en análisis, en razón del territorio, ya que es el Órgano

    Jurisdiccional con competencia en el lugar donde tiene su sede principal la

    Universidad Nacional de Cuyo (v. fs. 106 y vta.).

  3. Analizadas las constancias de autos, cabe expedirse respecto

    a la competencia y medida cautelar solicitada por la accionante.

    Coincidimos con el criterio del Ministerio Público F.,

    siendo que esta Cámara resulta competente para entender en las presentes

    actuaciones conforme las previsiones del art. 32 de la Ley 24.521 de

    Educación Superior, por cuanto a través de la acción procesal administrativa

    deducida por la Sra. L.G.F., se impugna una decisión de la

    Universidad Nacional de Cuyo, la que tendría carácter definitiva según lo

    expone la actora; habiendo sido además presentada ante este Tribunal, el que

    resulta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR