Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 20 de Diciembre de 2018, expediente COM 025891/2018/CA001

Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

FERNANDEZ, J.I. c/ PREMEK S.A. s/DILIGENCIA

PRELIMINAR

Expediente N° 25891/2018/CA1

Juzgado N°28 Secretaría N°55

Buenos Aires, 20 de diciembre de 2018.

Y VISTOS:

I.V. apelada por el actor la resolución de fs. 128/30 que rechazó el pedido de exhibición de libros a Premek SA.

El memorial obra a fs. 145/8.

Para así decidir la señora juez de primera instancia enmarcó la pretensión -que había sido planteada como una diligencia preliminar (art. 323

inc. 5 CPCC)- en las previsiones del art. 781 del código de rito, en tanto norma de aplicación específica para canalizar el derecho al control individual que el art.

55 LGS reconoce a los socios.

Luego, consideró que no había sido acreditada la calidad de accionista del peticionario, dado que dicha condición no surgía ni de la documentación acompañada con la demanda ni de la información oficiosamente obtenida de la Inspección General de Justicia.

  1. Se queja el recurrente al sostener que, por no haberse emitido los títulos accionarios, la exhibición de los libros societarios le permitiría acreditar su calidad de accionista como así también tomar cabal conocimiento de lo decidido en la asamblea celebrada en Premek SA el pasado 9 de mayo de 2018, imprescindible -según lo alega- para concretar su impugnación judicial.

    También se agravia del trámite asignado a la presente,

    considerando que su pretensión debió ser examinada en los términos del art. 323

    inc. 5 CPCC, en tanto está dirigida a obtener información necesaria para entablar la referida acción de nulidad de asamblea.

    Fecha de firma: 20/12/2018

  2. A juicio de la Sala la medida solicitada es procedente.

    Alta en sistema: 21/12/2018

    Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO),

    Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA s/DILIGENCIA PRELIMINAR Expediente N°

    FERNANDEZ, J.I. c/ PREMEK S.A. 25891/2018

    Así surge, en el plano procesal, de lo dispuesto en el artículo 323,

    inc. 5° del código de rito, en cuanto autoriza a la actora a pedir que “…quien tenga en su poder los documentos de la sociedad o comunidad, los presente o exhiba…” a efectos de preparar el proceso de conocimiento que necesite entablar.

    En el caso, el actor solicitó la aludida medida con el objeto de conocer la totalidad de las decisiones adoptadas en la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Premek SA celebrada el 9 de mayo de 2018 -que surge del edicto de fs. 37 a...

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