Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 16 de Febrero de 2023, expediente COM 007601/2021/CA002
Fecha de Resolución | 16 de Febrero de 2023 |
Emisor | Camara Comercial - Sala C |
Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C
FERNANDEZ ESCALONA, YILIANA SOFIA c/ AUTO GENERALI
S.A. Y OTRO s/ORDINARIO
Expediente N° 7601/2021/CA2
Buenos Aires, 16 de febrero de 2023.
Y VISTOS:
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Viene apelada por el actor la resolución que declaró
inaplicable al caso el estatuto del consumidor, dejó sin efecto la asignación del trámite sumarísimo dado otrora a la causa, e intimó al demandante a integrar la tasa de justicia.
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Los antecedentes recursivos se encuentran individualizados en la nota digital de elevación.
La señora Fiscal General dejó contestada la vista propiciando la revocación del temperamento adoptado en la sentencia impugnada.
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De lo dispuesto en el art. 1 de la LDC resulta que, a los efectos de dilucidar cuándo nos hallamos ante una relación de consumo, corresponde atender a la noción de “consumo final”.
Ello sucederá en todo aquel supuesto en el que no haya reventa de lo adquirido, hipótesis en la cual el adquirente aparece –desde esta óptica-
siendo destinatario final del bien al no ponerlo nuevamente dentro del circuito de comercialización que le es propio (G.J., “Derecho del consumidor: ámbito de aplicación, documento de venta y garantía legal a la luz de la reforma de la ley 26.361, en “La reforma del régimen de defensa del consumidor por la ley 26.261”, obra coordinada por A.A.).
Lo que importa es que el sujeto adquiera los bienes o servicios,
no para renegociarlos, sino para quedarse con ellos (F.J.M., Defensa del consumidor y del usuario, pág. 48, Ed. Astrea, año 2004).
En ese marco, la circunstancia de que el actor hubiera pretendido Fecha de firma: 16/02/2023 adquirir un automóvil para prestar servicios a terceros, no obsta a aceptar su Alta en sistema: 17/02/2023
Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA
Firmado por: E.R.M., VOCALESCALONA, YILIANA SOFIA c/ AUTO GENERALI S.A. Y OTRO s/ORDINARIO Expediente N°
FERNANDEZ 7601/2021
Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA
calidad de consumidor, por lo que la sentencia será revocada en este punto,
dejándose sin efecto la intimación a integrar la tasa de justicia en función a lo dispuesto en el art. 53 LDC.
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De otro lado, el primer sentenciante admitió la pretensión de la codemandada Auto Generali SA de otorgar a las presentes actuaciones el trámite de juicio ordinario.
Más allá de los fundamentos expuestos por el señor juez de grado sobre el particular, lo cierto es que, en oportunidad de contestar los distintos planteos que...
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