Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 6 de Septiembre de 2016, expediente CIV 001570/2015/CA001

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I Causa Nº 1570/2015/CA1 S.I. “FERNÁNDEZ CURUCHET,

MARIEL EDITH c/ OSDE SA s/ Cumplimiento/ Incumpl.

P.. de Obra Social Med. Prepaga”

Juzgado Nº 6 Secretaría Nº 11 Buenos Aires, 6 de septiembre de 2016.

AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Advirtiéndose en este acto que el recurso de

apelación presentado y fundado por la parte demandada a fs. 89 se

circunscribe a la distribución de costas decidida, el monto involucrado

en el citado recurso no supera el límite previsto en el art. 243 del

Código Procesal Civil y Comercial –t.o. según ley 26.939, Digesto

Jurídico Argentino para la procedencia de la apelación, texto según la

ley 26.536 (B.O. del 27.11.2009) cuyo monto fue adecuado por la

Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N°

16/14.

En consecuencia y toda vez el Tribunal, como juez

del recurso, tiene facultades para revisarlo aun de oficio, tanto en

cuanto a su procedencia, como a su trámite y formas, a los fines de

verificar, entre otros aspectos, la validez y regularidad de los actos

cumplidos en la anterior instancia (conf. esta S., causas 9888/93 del

16.4.96, 16.651/95 del 30.10.97, 950/92 del 5.3.98, 23.688/99 del

30.6.98, 11.356/95 del 15.12.98, 13.829/96 del 23.9.99, 8288/99 del

9.2.00, 11.682/05 del 3/3/09), para lo cual no se encuentra vinculado

por la voluntad de las partes ni por la resolución del juez, por más que

se encuentre consentida (conf. esta S., causas 6362/94 del 19.3.98,

4744/94 del 30.4.98, 3610/97 del 22.10.98, 1181/98 del 29.10.98,

1170/92 del 8.10.99, 11.436/94 del 13.6.00, 6591/99 del 17.4.01,

11.682/05 del 3/3/09; L. R., “El recurso ordinario de

apelación en el proceso civil”, t. 2, pág. 6), corresponde declarar mal

Fecha de firma: 06/09/2016 Firmado por: DE LAS...

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