Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 6 de Septiembre de 2016, expediente CIV 001570/2015/CA001
Fecha de Resolución | 6 de Septiembre de 2016 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala I |
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I Causa Nº 1570/2015/CA1 S.I. “FERNÁNDEZ CURUCHET,
MARIEL EDITH c/ OSDE SA s/ Cumplimiento/ Incumpl.
P.. de Obra Social Med. Prepaga”
Juzgado Nº 6 Secretaría Nº 11 Buenos Aires, 6 de septiembre de 2016.
AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:
-
Advirtiéndose en este acto que el recurso de
apelación presentado y fundado por la parte demandada a fs. 89 se
circunscribe a la distribución de costas decidida, el monto involucrado
en el citado recurso no supera el límite previsto en el art. 243 del
Código Procesal Civil y Comercial –t.o. según ley 26.939, Digesto
Jurídico Argentino para la procedencia de la apelación, texto según la
ley 26.536 (B.O. del 27.11.2009) cuyo monto fue adecuado por la
Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N°
16/14.
En consecuencia y toda vez el Tribunal, como juez
del recurso, tiene facultades para revisarlo aun de oficio, tanto en
cuanto a su procedencia, como a su trámite y formas, a los fines de
verificar, entre otros aspectos, la validez y regularidad de los actos
cumplidos en la anterior instancia (conf. esta S., causas 9888/93 del
16.4.96, 16.651/95 del 30.10.97, 950/92 del 5.3.98, 23.688/99 del
30.6.98, 11.356/95 del 15.12.98, 13.829/96 del 23.9.99, 8288/99 del
9.2.00, 11.682/05 del 3/3/09), para lo cual no se encuentra vinculado
por la voluntad de las partes ni por la resolución del juez, por más que
se encuentre consentida (conf. esta S., causas 6362/94 del 19.3.98,
4744/94 del 30.4.98, 3610/97 del 22.10.98, 1181/98 del 29.10.98,
1170/92 del 8.10.99, 11.436/94 del 13.6.00, 6591/99 del 17.4.01,
11.682/05 del 3/3/09; L. R., “El recurso ordinario de
apelación en el proceso civil”, t. 2, pág. 6), corresponde declarar mal
Fecha de firma: 06/09/2016 Firmado por: DE LAS...
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