Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 17 de Junio de 2015, expediente COM 025547/2014

Fecha de Resolución17 de Junio de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala E

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E 25547 / 2014 FERCHAP S.A.I.C.I.F. Y OTRO c/ APACHE ENERGIA ARGENTINA S.R.L. Y OTROS s/DILIGENCIA PRELIMINAR Juzg. 4 S.. 7 14-13-15 Buenos Aires, 17 de junio de 2015.-

Y VISTOS:

  1. Viene apelada por las demandadas la resolución dictada a fs. 336/342, en cuanto rechazó la pretensión de tener por cumplida la diligencia preliminar ordenada en autos con las declaraciones juradas acompañadas al expediente.

  2. En la resolución dictada a fs. 215/218 el magistrado de grado resolvió hacer lugar a la diligencia preliminar solicitada por la actora, ordenando a Apache Energía Argentina SRL, YPF S.A. y Pluspetrol S.A. la exhibición de cierta documentación.

    Las accionadas se presentaron en el expediente y solicitaron que se tenga por cumplido el requerimiento efectuado con las manifestaciones formuladas en sus escritos.

    Asimismo, dedujeron recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra esa decisión, expresando que esos recursos se planteaban “…

    para el improbable supuesto que se considere que la Fecha de firma: 17/06/2015 declaración jurada que Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CÁMARA se formula en estrictos términos Expte. N° 25547 / 2014 Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.L.M., PROSECRETARIA DE CÁMARA legales no satisface la pretensión objeto de la medida preliminar…” –v. fs. 226, 248vta, 264-.

    A fs. 336/342 el juez de grado desestimó

    el pedido de las demandadas de tener por cumplida la diligencia preliminar mediante sus declaraciones juradas y analizó los argumentos esgrimidos para fundar los recursos de revocatoria, rechazando los mismos.

    Con relación a las apelaciones deducidas en subsidio, juzgó aplicable el CPr. 327 y denegó los recursos.

    En ese contexto, corresponde declarar mal concedidos los recursos planteados por las accionadas contra la decisión de fs. 336/342.

    Ello pues, con la decisión del Tribunal a quo –consentida por las partes- de rechazar los recursos planteados contra el pronunciamiento que admitió la diligencia preliminar ha precluido la posibilidad de volver sobre los...

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