Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 24 de Marzo de 1998, expediente AC 65840

PresidenteSan Martín-Laborde-Hitters-Pettigiani-Salas
Fecha de Resolución24 de Marzo de 1998
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac.á65.840á"Fenestraz, F.E.c. Argentina SAIC. Laboral".

//P., 24 de marzo de 1998.

AUTOS Y VISTO:

Que, cabe recordar que los recursos extraordinarios son admisibles únicamente respecto de la sentencias definitivas, es decir, aquellas que recayendo sobre el asunto principal objeto del litigio o sobre un artículo, produzcan el efecto de finalizar la litis, haciendo imposible su continuación (Ac. 33.621, 22-V-84; Ac. 34.307, 12-II-85; Ac. 49.820, 5-V-92, Ac. 54.496, 28-IX-93; etc.) y que, consecuentemente, contra las decisiones individuales de los miembros de los tribunales...

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