por Felipe Luis Vega

Fecha de Entrada en Vigor21 de Octubre de 2018
EmisorJuzgado Civil Comercial y de Trabajo
Fecha de la disposición23 de Enero de 2018

JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO

POR

FELIPE LUIS VEGA

Por disposición del Señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de la ciudad de Reconquista (Sta. Fe), se hace saber que en los autos caratulados:”DE LUCA, ALEJANDRA BEATRIZ y OTROS c/ OTRA s/Inc. Apremio (Expte. Nº 101 Año 2017), se ha ordenado que el Martillero Público y Corredor de Comercio Felipe Luis Vega - Matr. 564 - CUIT 20-06307277-0, el día 23 se noviembre de 2018 a las diez y treinta horas (10:30 hs.) o el día hábil siguiente, a la misma hora, si aquél resultare feriado, en las puertas del Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito N° 34 de la ciudad de Villa Ocampo (Sta. Fe), venda en pública subasta, lo siguiente: La Mitad Indivisa del siguiente bien: fs. (50/51). En condominio indiviso y por Partes Iguales, una fracción de terreno: que según, plano de Mensura, Urbanización y Loteo N° 111453, inscripto en el Departamento Topográfico de la Provincia el 11 de Marzo de 1987, confeccionado por el Agrimensor Nacional Delfor E. Gómez, se designa como Lote Número Diecinueve (19) parte del Polígono ABEFA Manzana 71a de la ciudad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe y mide: veinte metros al Norte y Sur por nueve metros al Este y Oeste, superficie total de ciento ochenta metros cuadrados y linda al Norte, lote 20; al Sur, lote 18, al norte, con parte del Lote 17 y al Oeste, con calle Garay. Inscripto el Dominio (fs. 49) bajo el Número 119.924, al Folio 1268, Tomo 206 I, Sección “Propiedades” del Departamento Gral. Obligado. Empadronado a los fines del Imp. Inmob. (fs. 43) bajo Partida Nº 030800 013.575/0019-0. El Registro General informa (fs. 69/71) que la demandada es titular de parte indivisa y que se registra el embargo ordenado en los autos, anotado en fecha 21-11-16 bajo el N° 162.834 por la suma de $ 120.000 s/partes indivisas. No se registran inhibiciones (fs. 68 vto.).De la constatación efectuada por la Sra. Oficial de Justicia del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito N° 37 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Villa Ocampo (Sta. Fe) (fs. 62) surge que sobre dicho inmueble se encuentran construidos dos pequeñas propiedades en una de ellas vive la atendiente con sus dos hijos menores de 15 y 13 años de edad, la que consta de mi estar cocina comedor y un dormitorio, no posee baño, todo de material con techo de cinc, piso fratachado, con revoque grueso en las paredes, aberturas de metal...

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