ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Disposición Nº 347/2011 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. División Fiscalización de Devoluciones de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales. Su modificación.

Fecha de disposición23 Septiembre 2011
Fecha de publicación05 Octubre 2011
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta32249



ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 347/2011

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. División Fiscalización de Devoluciones de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales. Su modificación.

Bs. As., 23/9/2011

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13331-1537-2011 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales propone introducir modificaciones en la estructura organizativa de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales.

Que, según lo dispuesto por el inciso b) del Artículo 1º del Decreto Nº 959/01, esta Administración Federal posee la facultad de impugnar los créditos que fueran otorgados como consecuencia de las solicitudes de acreditación, devolución y/o transferencia de gravámenes ante la ilegitimidad o improcedencia del impuesto facturado.

Que en tal sentido y con el objeto de fortalecer las acciones de fiscalización de dichas solicitudes interpuestas por los contribuyentes y/o responsables surge la conveniencia de adecuar el accionar de la División Fiscalización de Devoluciones, dependiente del Departamento Devoluciones y Trámites de la mencionada Dirección.

Que dicha propuesta cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva.

Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º

— Reemplazar en la estructura organizativa el Anexo B05, en la parte pertinente, por el que se aprueba por la presente.

ARTICULO 2º

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Abog. RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

ANEXO B05

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DE GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES

DIRECCION DE OPERACIONES GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES

DEPARTAMENTO DEVOLUCIONES Y TRAMITES

DIVISION FISCALIZACION DE DEVOLUCIONES

ACCIO...

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