Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 12 de Mayo de 2022, expediente COM 025918/2018/CA001
Fecha de Resolución | 12 de Mayo de 2022 |
Emisor | Camara Comercial - Sala A |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 25918 / 2018
FEDERAL SERVICE S.R.L. c/ DELGAS S.A. s/EJECUTIVO
Buenos Aires, 12 de mayo de 2022.-
Y VISTOS:
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) Apeló en subsidio la parte actora el pronunciamiento de fecha 28.03.2022 -mantenido en fecha 18.04.2022- donde la Sra. Juez de Grado decretó de oficio la caducidad de instancia en las presentes actuaciones.
Los fundamentos del recurso fueron expuestos en el escrito de fecha 05.04.2022.
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) Se agravió el accionante de esta decisión sosteniendo que la misma le causaría un agravio irreparable e injustificado en miras de continuar con este proceso,
toda vez que no habría sido notificado de la reanudación de los plazos procesales, que habían sido suspendidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a raíz de la crisis sanitaria decretada por el Poder Ejecutivo Nacional. Agregó que arbitró los medios disponibles a fin de hacer avanzar el presente proceso, motivo por el cual solicitó se dejara sin efecto la caducidad decretada con el fin de formular nuevas peticiones para conocer el paradero de la demandada -toda vez que el mandamiento de intimación de pago fue devuelto con resultado negativo-, y su situación jurídica actual.
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) L., recuérdase que la caducidad de la instancia constituye un modo de extinción del proceso que tiene lugar cuando no se cumple acto impulsorio alguno durante el plazo establecido en el ordenamiento ritual, que, para este tipo de proceso, es de tres (3) meses (art. 310, inc. 2 CPCCN). Ello, porque la parte que da vida al proceso contrae la carga de urgir su sustanciación y resolución, carga que se justifica porque no es admisible exponer a la contraparte a la inseguridad y pérdida de tiempo que importa una instancia indefinidamente abierta.
Además, la instancia constituye "un conjunto de actos procesales que se Fecha de firma: 12/05/2022
Alta en sistema: 13/05/2022
Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: V.C.P., Prosecretaria de Cámara Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA
suceden desde la interposición de una demanda, hasta la notificación del pronunciamiento final hacia el que dichos actos se encaminan" (conf. Palacio L.
"Derecho Procesal Civil y Comercial", Tº IV, pág. 219), de donde se deduce que solo son actos interruptivos del plazo de caducidad aquellos que impulsan el trámite del proceso para posibilitar el dictado de sentencia.
Cabe puntualizar también, que esta Sala comparte la...
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