ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIRECCION REGIONAL ADUANERA ROSARIO ADUANA DE SAN PEDRO

Fecha de disposición22 Agosto 2012
Fecha de publicación05 Septiembre 2012
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales

Aduana de San Pedro, 22/8/2012

Por ignorarse domicilio, se notifica en la forma prevista en el artículo 1013 inc. h) del Código Aduanero, a la firma que más abajo se detalla del Cargo Nº 45/2012 intimándose al pago de los importes señalados dentro de los (10) diez días hábiles de notificada la presente. Vencido el plazo citado además del importe del Cargo deberá abonar los intereses que se devenguen hasta la fecha de efectivo pago de conformidad con lo establecido en el art. 794 de Código Aduanero, El monto notificado deberá cancelarse en pesos, siendo el tipo de cambio aplicable el vigente al día anterior al de efectivo pago. Ello en concordancia con lo establecido en la Nota externa Nº 02/2004 (DGA) que establece que las Obligaciones tributarias aduaneras nacidas con posterioridad a la sanción de la Ley 25.561, se liquidan y cancelan en la forma estipulada por el art. 20 de la Ley 23.905.

Asimismo se hace saber que contra la presente liquidación tributaria podrá interponer procedimiento de impugnación...

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