Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 11 de Abril de 2017, expediente CAF 001483/2016/CA001

Fecha de Resolución11 de Abril de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa 1483/2016/CA1 “Federación Argentina de Agrimensores –FADA- c/

Universidad Tecnológica Nacional s/ Educación Superior – ley 24521art. 32

Buenos Aires, 11 de abril de 2017.

VISTOS y CONSIDERANDO:

  1. ) Que la Federación Argentina de Agrimensores interpuso recurso directo en los términos del art. 32 de la ley 24.521 contra la ordenanza 1517/15, por medio de la cual el Consejo Superior de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) ratificó como actividades profesionales reservadas al título de ingeniero civil para los graduados del plan de estudio 1995 las referentes a estudios, tareas y asesoramiento de trabajos Topográficos y G.. Para fundar su pretensión, destacó, entre otras cosas, que este Tribunal, en la causa nº 38444/2014 “Consejo Profesional de Agrimensura (JN) c/ UTN s/ educación superior- ley 24521- art 32”, sent. del 22 de diciembre de 2015, ya había declarado la nulidad de la ordenanza 1433/14, mediante la que la accionada había prentedido lograr, con anterioridad, similares efectos que con la ahora impugnada.

    En su presentación la actora solicitó, asimismo, una medida cautelar, a fin de que se suspendieran los efectos de aquella ordenanza hasta tanto se dicte sentencia en autos (fs. 2/15).

  2. ) Que resultan sustancialmente aplicables al caso las conclusiones expuestas por esta Sala al resolver una petición precautoria análoga en el marco de la citada causa nº 38444/2014/CA1, resol. del 26 de febrero de 2015, publicada en el sitio web del Poder Judicial de la Nación (www.pjn.gov.ar), a cuyos términos corresponde remitirse para evitar repeticiones innecesarias.

    Lo expuesto no implica adelantar un pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión ni sobre la aplicación extensiva del criterio sentado al dictar sentencia definitiva en la causa precedentemente citada, cuyo tratamiento se difiere para la oportunidad procesal correspondiente.

    Por todo lo expuesto SE

    RESUELVE:

    hacer lugar a la medida cautelar solicitada, previa caución juratoria, suspendiendo los efectos de la ordenanza 1517/15 del Consejo Superior de la Universidad Fecha...

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