Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 27 de Abril de 2017, expediente CNT 054256/2012/CA001
Fecha de Resolución | 27 de Abril de 2017 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA X 54256/2012 FARIAS MAXIMILIANO OMAR c/ HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. s/ACCIDENTE -
LEY ESPECIAL CABA, 27 de abril de 2017.-
El DR. DANIEL E. STORTINI dijo:
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Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta alzada a propósito de los agravios que contra la sentencia de fs. 181/183 interpuso el actor a tenor del memorial de fs. 188 con réplica de la demandada a fs. 190.
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Cuestiona el apelante la tasa de interés fijada en la anterior instancia y las regulaciones de honorarios por considerarlos elevados y los propios por exiguos.
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En lo atinente a la tasa de interés, es criterio de este Tribunal a partir del dictado de las actas 2600 y 2601 que cabe aplicar la tasa nominal anual para préstamos libre destino del Banco Nación para un plazo de 49 a 60 meses al tener en cuenta la fecha de la sentencia de la anterior instancia y lo dispuesto en la citada acta 2601 en la cual se resolvió: “Establecer que la tasa de interés aplicable comience a regir desde que cada suma es debida respecto de las causas que se encuentran sin sentencia y con relación a los créditos del trabajador”. Se estima razonable entonces mantener dicha tasa hasta el último Fecha de firma: 27/04/2017 Alta en sistema: 26/05/2017 Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA #19911567#177324917#20170427081010533 día en que es publicada y a partir de entonces aplicar la del 36% anual hasta el efectivo pago (acta CNAT Nro. 2630).
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Respecto de las regulaciones de honorarios se estiman reducidos los asignados a la representación letrada del actor por lo que sugiero elevarlos al 16% a calcular sobre el monto final de condena con inclusión de los intereses. En cambio, se aprecian razonables en función de las tareas profesionales realizadas los correspondientes a la representación letrada de la demandada y del perito contador por lo que postulo mantenerlos (art. 38 de la L.O. y cctes. de la ley arancelaria vigente).
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Por lo expuesto voto por: l) Modificar parcialmente el fallo apelado y disponer que el monto de condena lleve los intereses de la tasa nominal anual para préstamos libre destino del Banco de la Nación Argentina para un plazo de 49 a 60 meses ( CNAT Actas Nros. 2600/2601) desde la fecha del alta médica y hasta el último día en que dicha tasa fue publicada y a partir de entonces la del 36% anual hasta el efectivo pago (acta CNAT Nro. 2630). 2)...
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