Expediente nº 11527/65 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios, 7 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2015
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios

E.. 11527/14 "F., S.M. s/ queja por recurso de inconstituciona-lidad denegado en: F., S.M. c/ GCBA y otros s/ amparo (art. 14 CCABA)"

Buenos Aires, 07 de mayo de 2015

Vistos: los autos indicados en el epígrafe;

resulta:

  1. Llegan estas actuaciones al Tribunal para resolver el recurso de queja deducido por la parte actora contra la denegatoria de su recurso de inconstitucionalidad (fs.1/14).

  2. S.M.F. promovió acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, GCBA) con el objeto de que se ordene a la autoridad administrativa le provea una solución habitacional definitiva y permanente acorde con el bloque de constitucionalidad federal y local que reconoce y tutela el acceso a una vivienda digna, segura y adecuada (fs. 1/18 de los autos principales, a los que corresponderá la foliatura que en lo sucesivo se mencione, excepto indicación expresa).

    La sentencia de primera instancia hizo lugar al amparo y ordenó al GCBA prestar adecuada asistencia habitacional mientras subsista la situación de la amparista, ya sea mediante la continuación de las prestaciones previstas en el decreto nº 690/06 y sus modificatorios o, en su defecto, incorporándola en cualquier otro plan habitacional que resguarde los fines habitacionales perseguidos en el proceso (fs. 130/133 vuelta).

  3. D., el GCBA (fs. 139/145) y la actora apelaron esa decisión (fs. 147/152).

    La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y T. rechazó el recurso de la parte actora y revocó la resolución de primera instancia rechazando el amparo.

    Para así decidir, los jueces destacaron que se trataba de una mujer sola, de 47 años, que no contaba con impedimentos físicos y/o psíquicos graves para desarrollar tareas laborativas, toda vez que si bien había manifestado padecer fibromialgia, asma y diabetes, no acompañaba prueba suficiente al efecto (fs. 177/179 vuelta).

  4. Contra ese pronunciamiento, la actora interpuso recurso de inconstitucionalidad (fs. 211/231), que fue declarado inadmisible por la Cámara (fs. 241/242 vuelta) y que motivó la queja indicada en el punto 1.

  5. Requerido su dictamen, el Sr. Fiscal General propició rechazar la queja (fs. 21/24 vuelta de la queja).

    Fundamentos:

    La juez I.M.W. dijo:

  6. La queja ha sido interpuesta en tiempo y forma (art. 33 de la ley 402) no obstante debe ser rechazada, toda vez que no alcanza a rebatir la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad intentado, así como tampoco acreditar que los planteos vertidos configuren un caso constitucional (arts. 113, inc. 3, de la CCABA y 27 de la ley 402).

  7. Al resolver el recurso de inconstitucionalidad la mayoría de la Sala II de la CCAyT ponderó -sustancialmente- que "(…) la decisión [recurrida] se ciñó al análisis de los hechos probados a la luz de la interpretación de la ley 4036 y del decreto 690/06 y sus modificatorios" (fs. 246 vta.).

    La actora se agravia...

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