Un fallo ordena no aplicar el Impuesto a las Ganancias

El juez federal Alfredo López, de Mar del Plata, hizo lugar a un amparo presentado por un trabajador contra la Administración Nacional de Ingresos Públicos (AFIP) y declaró inaplicable el cobro del Impuesto a las Ganancias en su caso en particular. Se trata de una persona que, a causa de la falta de actualización del mínimo no imponible a partir del cual se tributa, argumentó que quedaría alcanzada por el descuento para el fisco.Dice López en su resolución ?que, según se descuenta, será inmediatamente apelada por la AFIP? que "la falta de actualización" del mínimo no imponible "importa en los hechos una irrazonable afectación al módico salario que percibe mensualmente el amparista y con el cual debe hacer frente a todas las necesidades básicas e indispensables, propias y de su familia, vulnerándose en forma manifiesta su poder adquisitivo".El juez hace hincapié en que la no actualización del monto salarial para quedar alcanzado por el impuesto produce un daño injustificado en el salario, que tiene carácter alimentario.El trabajador, identificado por las iniciales C.A.A, había iniciado un amparo a fin de que se ordene al Poder Ejecutivo Nacional, a la AFIP y a su empleador que se abstengan de efectuar el descuento del impuesto respecto de la suma a percibir por el aguinaldo.El empleado es casado y cobra un sueldo mensual que no llega a $ 5300, con lo que no estaba afectado por el impuesto. El problema surgió con la cuota del aguinaldo del primer semestre: en ese momento, sus haberes superaron el mínimo no imponible y se le efectuó el descuento de Ganancias.El juez admite en el fallo que "al Poder Judicial le está vedado ingresar en el análisis de la oportunidad, mérito o conveniencia de las decisiones políticas", y recuerda que "en la última década, caracterizada por la gran crisis económica y social que afrontó nuestro país a comienzos del año 2002, el mínimo no imponible fue...

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