A., F. M. Y OTROS c/ B., E. s/ACCION DE REDUCCION

Número de expedienteCIV 087482/2015
Número de registro177918081
Fecha05 Mayo 2017

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D 87482/2015 A., F. M. Y OTROS c/ B., E. s/ACCION DE REDUCCION Buenos Aires, de mayo de 2017 Y VISTOS. CONSIDERANDO:

Han sido elevadas las actuaciones para el tratamiento de la apelación subsidiariamente deducida a fojas 279/282 contra la resolución de fojas 277 -mantenida a fojas 283 vuelta punto III-

mediante la cual se rechazó la pretensión cautelar oportunamente solicitada por la parte actora. Los fundamentos expresados en la presentación aludida han sido contestados a fojas 296/297. Por su parte, la señora Defensora de Menores ha dictaminado a fojas 340/341.

En atención a lo que surge de las constancias de autos, y realizado el análisis tanto del pedido efectuado en su oportunidad como de los términos del memorial, este tribunal no puede menos que compartir los argumentos expuestos por la magistrada de grado en orden al temperamento adoptado.

Dispone el artículo 232 del Código Procesal que fuera de los casos previstos en los artículos precedentes, quien tuviere fundado motivo para temer que durante el tiempo anterior al reconocimiento judicial de su derecho éste pudiere sufrir un perjuicio inminente o irreparable, podrá solicitar las medidas urgentes que, según las circunstancias, fueren más aptas para asegurar...

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