Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 5 de Mayo de 2021, expediente CIV 057591/2020/CA001

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2021
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G

F., H. c/ S. T., K. A. s/DIVORCIO

J. 81 Sala “G” Expte. n° 57591/2020/CA1

Buenos Aires, 5 de mayo de 2021.-SR

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Vienen los autos digitalmente a conocimiento de la sala, con motivo de la apelación interpuesta en subsidio por el actor a fs. 16/17, contra la providencia de fs. 13 –mantenida a fs. 18- en cuanto tuvo por presentada en tiempo a la emplazada y dispuso traslado de la contrapropuesta reguladora, pues aduce que la contestación fue presentada en forma extemporánea. Los fundamentos del recurso son contestados a fs. 19/21.

  2. En lo sustancial, el recurrente sostiene que el traslado de la demanda fue notificado mediante carta documento el 23 de diciembre de 2020, y entiende que desde ese momento comenzó

a correr el plazo para contestar su pretensión.

Sin embargo, de la compulsa de las actuaciones surge que en la providencia del 17 de diciembre de 2020 (fs. 9 del registro digital) la jueza de primera instancia autorizó expresamente a “…

notificar el traslado mediante carta documento…sin adjunción de copias, a los fines de que la parte demandada se presente y sea vinculada al expediente, para lo cual tendrá un plazo de tres días. A

partir de ser notificada “ministerio legis” de su vinculación, tendrá

el plazo de 15 días a los fines de tener acceso a las constancias digitales del expediente y ejercer su defensa”.

Tal como sostiene la accionada al contestar el memorial,

el actor consintió la manda transcripta y acompañó luego copia de la carta documento enviada en los términos dispuestos por la “a quo”,

que fue entregada con fecha 23 de diciembre de 2020 (fs. 13/4).

Fecha de firma: 05/05/2021

Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.C.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA

Por su parte, el 30 de diciembre de 2020 (es decir al tercer día de notificada), la emplazada se presentó en la causa y solicitó se vincule su domicilio electrónico en el sistema informático (fs. 10), petición que fue admitida mediante providencia del 2 de...

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