Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA D - CAMARA EN LO COMERCIAL, 3 de Abril de 2014, expediente 5477/2014

Fecha de Resolución 3 de Abril de 2014
EmisorSALA D - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación CNCom, D, 5477/2014. F.A.D.I.P. FABRICA ARGENTINA DE INDUSTRIAS DE PRECISION S.A. S/ QUIEBRA S/ INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO POR B.M.J..

JUZGADO 6 (12).

Buenos Aires, 3 de abril de 2014. }

En atención a la naturaleza, importancia y extensión de las labores realizadas en autos, con base en el monto económico finalmente verificado y las etapas procesales efectivamente cumplidas, confírmanse los honorarios regulados en fs. 14 en $ 1.500 (pesos mil quinientos) para el síndico, N.D.M.; y en $ 3.500 (pesos tres mil quinientos) para su letrada patrocinante, Luisa

V. Battiato (art. 287 de la ley 24.522; y arts.

6, 7, 9, 19, 33, 37 y 39 de la ley 21.839).

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