Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 20 de Septiembre de 2018, expediente CIV 054239/2018/CA001

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I 54239/2018 EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO SA c/

PROPIETARIO FIAT REGATA DOM TYU-965 AL 15/07/2015 s/INTERRUPCION DE PRESCRIPCION Buenos Aires, 20 de septiembre de 2018.- FP AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. A fs. 17/20 la demandante interpuso revocatoria con apelación en subsidio contra el decreto de fs. 14/15 que la intimó a que en el plazo de cinco días dé estricto cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 330 del Código Procesal, bajo apercibimiento de tenerla por desistida en caso de silencio.

  2. Esta S. ya se ha expedido sobre el tema que es objeto del recurso y lo hizo en un sentido adverso a la postura de la apelante (cfr. “CNA ART S.A. c. B., S. s. recurso de hecho”, expte. nº 44.588/2011 del 14/7/2011; “Experta Aseguradora de Riesgos de Trabajo S.A. c. civilmente responsable hecho 7/8/2015 s.

interrupción de prescripción”, expte. n°53.271/2017 del 18/6/2018).

De ahí que, a criterio de este tribunal, el juez de grado tiene facultades suficientes para ordenar la intimación dispuesta en la resolución recurrida. R. en que de afirmarse que la demanda, aún defectuosa, puede interrumpir la prescripción no se sigue necesariamente que sea posible limitar los efectos esenciales de tal pieza a esa única finalidad.

Viene al caso recordar —como se hizo en los referidos precedentes— que la demanda es un acto de iniciación procesal que contiene una declaración de voluntad tendiente a la apertura de la instancia jurisdiccional; que su objeto inmediato es abrir la instancia jurisdiccional e iniciar un proceso que necesariamente requiere de sustanciación y obtener en lo mediato la cosa demandada a la que Fecha de firma: 20/09/2018 Alta en sistema: 24/09/2018 Firmado por: P.M.G. -P.E. CASTRO - FERNANDO POSSE SAGUIER., JUECES DE CÁMARA.

Es decir, que entre los efectos que el derecho sustantivo le atribuye a la pieza inicial se encuentra el pretendido por la apelante:

interrumpir la prescripción. Pero también y de modo inescindible tiene consecuencias procesales, tales como las de imponer cargas al litigante y deberes al órgano judicial. Admitir que la demandante elija qué consecuencias quiere y...

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