Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 4 de Noviembre de 2016, expediente CNT 018710/2004/CA001

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 91502 CAUSA NRO.

18710/2004 AUTOS: “E., A. C. C/ BAYTON S..A. S/ DESPIDO”

JUZGADO NRO. 22 SALA I En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 4 días del mes de Noviembre de 2.016, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

La D.G.M.P. de I. dijo:

  1. Contra la sentencia de fs.227/231, se alza la parte actora a mérito de la presentación de fs. 232/234. Dicho memorial recibió la respectiva réplica que luce a fs. 236/238.

  2. Memoro que el Sr. Juez A quo, receptó en lo principal el reclamo interpuesto por el accionante quien pretendía la cancelación de los conceptos salariales e indemnizatorios adeudados como consecuencia de la ruptura del vínculo de empleo que lo unió a BAYTON S.A. Para así decidir, el anterior Magistrado valoró los elementos incorporados en autos (en especial el intercambio telegráfico) y juzgó que los términos expuestos en el texto extintivo dirigido al accionante resultaron insuficientes a los fines de tener por cumplidas las previsiones que dispone el art. 243 LCT. Frente a ello, fueron acogidos los conceptos que integran la liquidación que se efectuó a fs. 230. El pedido de resarcimiento por “daño moral” que dedujo en el libelo inaugural fue desestimado. El Sr. Juez de Primera Instancia no advirtió que existieran razones para condenar a la accionada en tal sentido. No se acreditó la ocurrencia de actos discriminatorios contra el Sr. E ni tampoco cuestiones relativas al delito por el que fue imputado, en tanto la causa penal a la fecha de la sentencia aún se hallaba pendiente de conclusión definitiva. Las costas procesales fueron impuestas a cargo de la parte demandada.

  3. La parte actora apela el pronunciamiento dictado en anterior instancia.

    Se queja frente al rechazo de la indemnización por daño moral, pretensión que incluyó en el reclamo de inicio. Controvierte el razonamiento del anterior juzgador – que lo condujo a decidir por la negativa de su requerimiento- y reitera los términos de la demanda al fundamentar la reparación (v. fs. 11 pto. VI LIQUIDACION) insistiendo en que la decisión de desvincularlo obedeció a su calidad de portador de H

  4. Además, se agravia por la forma en que el Sr. Juez de anterior grado dispuso la aplicación de los intereses accesorios a la condena. Finalmente, por propio derecho, el letrado interviniente por la parte Fecha de firma: 04/11/2016 Firmado por: GLORIA PASTEN DE ISHIHARA, JUEZA DE CAMARA Firmado por: G.G., JUEZA DE CAMARA #20335917#166171827#20161104115325401 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación actora apela los honorarios que se determinaron a su favor por considerarlos exiguos.

  5. Examinados los términos del memorial en tratamiento, adelanto que –

    de...

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