Estatuto Capitulo I

EmisorRafaela Alimentos S.A.
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2007

ESTATUTO

CAPITULO I Artículos 1 a 5

Nombre, domicilio, objeto y duración de la sociedad.

Artículo 1

Bajo la denominación de Rafaela Alimentos Sociedad Anónima que fuera originalmente Frigorífico Rafaela S.A., a su vez continuadora del establecimiento de Luis Fasoli, inscripta en el Registro Público de Comercio de Santa Fe, bajo el n° 280 al folio 264 del libro 1° de Estatutos con fecha 15 de junio de 1953 queda constituida una sociedad anónimo que continuará con los negocios de aquélla con la nueva denominación.

Artículo 2

La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, sin perjuicio de las sucursales, agencias, fábricas y domicilios especiales que el Directorio resuelva establecer en el interior o exterior de la República, fijándoles o no un capital determinado.

Artículo 3

La sociedad toma a su cargo el activo y pasivo del Frigorífico Rafaela de propiedad del señor Luis Fasoli, establecido en las calles Paraná y Luis Fasoli, de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, de acuerdo con el inventario y balance general practicado el día 30 de septiembre de 1.952, como así también con las operaciones posteriores que dicha firma haya realizado y realice, todo conforme a las constancias y asientos de los libros comerciales de la misma.

Artículo 4

La sociedad tiene por objeto: a- Continuar bajo la nueva denominación los negocios de FRIGORIFICO RAFAELA S.A. en la industrialización y comercialización de los productos animales y vegetales en general, explotación de establecimientos frigoríficos y cualesquiera de las industrias y comercio auxiliares y derivados, importación y exportación. b- Efectuar todas las operaciones que se relacionen con los ramos expresados, instalar fábricas, frigoríficos, depósitos, talleres, agencias y todo clase de establecimientos industriales y comerciales vinculados con el objeto de la sociedad, pudiendo asimismo ampliar, modificar y clausurar los existentes. c- Realizar operaciones agropecuarias. A tal fin la sociedad tiene pleno capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

Artículo 5

La duración de la sociedad será de 99 años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.

CAPITULO II Artículos 6 a 8

Capital Social.

Artículo 6

El capital social es de quinientos mil pesos ($ 500.000.-) representado por 500.000 acciones de valor nominal un peso ($ 1) cada una nominativa no endosable, ordinaria o preferida. El capital podrá ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme el artículo 188 de la Ley 19.550.

Artículo 7

las acciones estarán numeradas, podrán dividirse en series, llevarán la firma del Presidente y los demás requisitos legales. Un título puede representar más de una acción. Cada acción confiere derecho a un voto. En caso de mora en la integración del capital el Directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el artículo 193 la ley 19.550.

Artículo 8

Si existiera copropiedad de las acciones se aplicarán las reglas del condominio, pero los copropietarios deberán unificar la representación ante la sociedad para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones sociales.

CAPITULO III Artículos 9 a 15

Administración y fiscalización.

Artículo 9

La sociedad será dirigida y administrada por un directorio compuesto por un número de miembros entre uno y diez según resuelva la Asamblea, la que fijará también el número de suplentes.

Artículo 10

Cada uno de los directores debe prestar cualquiera de las siguientes garantías: a - depositar en efectivo en la Caja de la...

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