ESTATUTO

Fecha11 Enero 2020
Número de registro423370
EmisorLA MANSA AGROPECUARIA S.A.

Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados “LA MANSA AGROPECUARIA S.A. S/ CONSTITUCION DE SOCIEDAD” (Expte. Nº 696 Año 2020) se ordenó la siguiente publicación:

1. FECHA DEL INSTRUMENTO: 16 de junio de 2020.

2. SOCIOS: MARIA ROSA GIECCO, apellido materno Bonetto, nacida el 25 de agosto de 1962, D.N.I. Nº 14.535.926, CUIT Nº 27-14535926-6, casada, profesión docente, argentina, domiciliada en calle Mariano Moreno Nº 48 de la localidad de Cañada Rosquín, provincia de Santa Fe; y RICARDO JUAN PEDRO PERANO, apellido materno Davyt, nacido el 15 de setiembre de 1960, D.N.I. Nº 14.025.520, CUIT Nº 20-14025520-4, casado, profesión ingeniero mecánico, argentino, domiciliado en calle Mariano Moreno Nº 48 de la localidad de Cañada Rosquín, provincia de Santa Fe.

3. DENOMINACIÓN: LA MANSA AGROPECUARIA S.A.

4. DOMICILIO-SEDE SOCIAL: Malvinas Argentinas Nº 838 de la localidad de Cañada Rosquín, Provincia de Santa Fe. SEDE SOCIAL: Malvinas Argentinas Nº 838 de la localidad de Cañada Rosquín, Provincia de Santa Fe.

5. PLAZO DE DURACIÓN: NOVENTA Y NUEVE (99) años a partir de la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público.

6. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros las siguientes actividades: a) Agropecuarias y Servicios Derivados: explotación de tambos, establecimientos rurales, ganaderos, porcinos, agrícolas, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cultivos, compra, venta de cereales y oleaginosas, la cría, invernación, mestización, venta, cruza de ganado de todo tipo, prestación de servicios agrícolas, siembra, recolección de cosechas, preparación de cosechas para el mercado, fumigación, así como la compra, venta, distribución de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola, ganadera y tambera. b) Transporte: Transporte terrestre de cereales, oleaginosas y ganado de todo tipo, mediante la utilización de vehículos propios o ajenos. Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigente, lo requieran serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

7. CAPITAL: El capital se fija en la suma de pesos QUINIENTOS MIL CON 00/100.-...

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