ESTATUTO

Fecha06 Enero 2020
Número de registro423057
Emisor“AGROTERRAL S.A.S.”

Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público se ha ordenado la siguiente publicación

1. FECHA DEL INSTRUMENTO: 02 de junio de 2020.

2. SOCIO: FEDERICO RAUL VARALDO, apellido materno “Martinengo”, nacido el 18 de Marzo de 1987, titular del D.N.I. Nº 32.900.020, CUIT Nº 20-32900020-7, soltero, Ingeniero Agrónomo, argentino, domiciliado en Av. Las Américas N°470 de la ciudad de Ceres, Provincia de Santa Fe.

3. DENOMINACIÓN: “AGROTERRAL S.A.S.”.

4. DOMICILIO: Av. Las Américas N°470 8 de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe.

5. PLAZO DE DURACIÓN: NOVENTA Y NUEVE (99) años a partir de la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público.

6. OBJETO: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: (a) Prestación de servicio de asesoramiento técnico agrónomo y prestación de servicios agrícolas a terceros; (b) explotación de establecimientos ganaderos, agrícolas y tamberos, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cultivos, compra, venta de cereales y oleaginosas, siembra, preparación y recolección de cosechas, la cría, invernación, mestización, venta, cruza de ganado, así como la compra, venta, distribución de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola, ganadera y tambera. Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigente, lo requieran serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciaria y celebrar contratos de colaboración; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

7. CAPITAL: El capital social es de pesos cien mil ($ 100.000,00.-), representado por cien mil (100.000) acciones de Un (1) peso, valor nominal cada una.

8. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La...

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