ESTATUTO

Fecha10 Mayo 2021
Número de registro444455
EmisorTORRE PUERTO S.A.

Por estar así dispuesto en los autos caratulados TORRE PUERTO S.A. s/Constitución de Sociedad; (CUIJ 21-05204813-0), de trámite por ante el Registro Público, hace saber que los Señores María José Correa, argentina, D.N.I. Nº 25.432.188, CUIT Nº 27-25432188-0, soltera, domiciliada en Las Heras Nº 3.041 - Piso 8 - Dpto.”D” y Cesar Rubén Rosman, argentino, D.N.I. Nº 8.433.911, CUIT Nº 20-08433911-4, argentino, domiciliado en Moreno Nº 2.787, ambos de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, de la provincia de Santa Fe, convienen constituir una Sociedad Anónima que regirá por las disposiciones de la Ley 19.550 y por la cláusulas que a continuación se establecen:

Fecha de estatuto y del documento respectivo: 20 de Noviembre de 2.020.

Denominación de la Sociedad: Se constituye una sociedad comercial cuya denominación será TORRE PUERTO S.A.

Domicilio Social: en calle Las Heras Nº 3.041, de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe.

Objeto: Tiene por objeto realizar por, cuenta propia, de terceros y/o asociados a terceros las siguientes actividades: a) Desarrolladora, gerenciadora y comercializadora de negocios inmobiliarios: Mediante la compra, venta permuta o arrendamiento; loteo, subdivisión, fraccionamiento, urbanización y administración de inmuebles, sean urbanos o rurales. b) Constructora: Mediante la ejecución, proyectos, dirección, administración y de realización de obras de cualquier naturaleza, sean públicas o privadas. Queda excluida toda actividad que, en virtud de la materia, haya sido reservada a profesionales con título habilitante según respectivas reglamentaciones. c) Financieras: Mediante el aporte, asociación o inversión de capitales a personas, empresas o sociedades constituidas o a constituirse (con las limitaciones del art. 30 de la LGS y sus conexos) a simples particulares, para toda clase y tipo de operaciones, realizadas o a realizarse, así como la compra y venta de títulos, acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y papeles de cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse con exclusión de las operaciones previstas en la ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso público. Asimismo la sociedad podrá llevar adelante la realización de toda otra actividad o evento mediante la cual lleve a la consecución del objeto social en forma directa o indirectamente pudiendo celebrar para ello convenios con instituciones de orden público o privado, municipal,...

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