ESTATUTO

Fecha20 Mayo 2022
Número de registro477701
EmisorACTV GESTION S.A.

Accionistas Fundadores: Edgardo Rubén Morenza, de nacionalidad argentino, titular del DNI 17510075, nacido el 29 de Agosto de 1965, de estado civil casado en primeras nupcias con Gabriela Felicitas Fracchia, con domicilio en calle Mendoza 101, Piso 17 de la ciudad de Rosario, CUIT 20-17510075-0; Gabriela Felicitas Fracchia, de nacionalidad argentina, titular del DNI 21528625, nacida el 16 de mayo de 1970, de estado civil casada en primeras nupcias con Edgardo Rubén Morenza, con domicilio en calle Mendoza 101 - Piso 17 de la ciudad de Rosario, CUIT 27-21528625-3; Alvaro Nicolás Morenza, de nacionalidad argentino, titular del DNI 39662697, nacido el 19 de junio de 1996, de estado civil soltero, con domicilio en calle Mendoza 101 - Piso 17, CUIT 20-39662697-8 y Santiago Tomas Morenza, de nacionalidad argentino, titular del DNI 41655570, nacido el 23 de mayo de 1999, de estado civil soltero, con domicilio en calle Mendoza 101 - Piso 17, CUIT 20-41655570-3.

Fecha del acta constitutiva: 05 de Abril de 2022.

Denominación: ACTV GESTION S.A.

Domicilio Social: Mendoza 101 - Piso 17 - Rosario (Provincia de Santa Fe) Duración: 99 (Noventa y nueve) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto: La Sociedad tendrá como objeto social : 1.- Inmobiliaria - Administración de inmuebles - Constructora: Mediante la compraventa, permuta, construcción, arrendamientos, alquileres y administración de bienes inmuebles urbanos y rurales, realización de loteos, fraccionamientos y todas las operaciones sobre inmuebles que regula el régimen de la Propiedad Común, Régimen de la Propiedad Horizontal y Régimen establecido por la Ley 14.005 y normas regulatorias y complementarias, la organización, administración y explotación de clubes de campo, countries, barrios privados y todo otro sistema de multipropiedad, todo sobre inmuebles propios. A su vez se deja expresa constancia que la sociedad no tiene por objeto la realización del corretaje inmobiliario según el art. 22 de la Ley 13154. Si la sociedad incorpora en el futuro la actividad de intermediación se procederá a la reforma del presente artículo y se cumplirá con lo dispuesto por el Art. 9 de la Ley citada. La sociedad no realizará las actividades previstas en el artículo 299, inciso 40 de la Ley 19550. En los casos que por el tipo de actividad enunciada en el presente objeto social se requiera la concurrencia de profesionales matriculados con incumbencia en las áreas pertinentes, la sociedad...

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