ESTATUTO

Fecha07 Junio 2021
Número de registro448232
EmisorDIFUTEC S.A.

A efectos del art. 10 de la Ley 19.550 se hace saber que por instrumento de constitución de fecha 5 de Enero de 2.021 se ha resuelto constituir una sociedad anónima que girará bajo la denominación de Difutec S.A., cuyos socios son Alexis Walter Weitemeier, argentino, mayor de edad, nacido el 4.07.1979, de apellido materno Mahy, D.N.I. Nº 27.114.953, CUIT Nº 20-27114953-1, de profesión abogado, de estado civil casado, con domicilio en Pje. Gould 942 piso 5 depto B de Rosario, provincia de Santa Fe; y Natalin Belén Martínez, argentina, mayor de edad, de apellido matemo Nied, nacida el 29.08.1988, D.N.I. Nº 33.852.150, CUIT Nº 27-33852150-8, de profesión abogada, de estado civil soltera con domicilio en calle Catamarca 1.754 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Su plazo de duración es de 99 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier punto de la República Argentina o en el exterior, a las siguientes actividades: a) Inmobiliaria: Compraventa, permuta, locación, arrendamiento y explotación de inmuebles urbanos, rurales, comerciales, loteos, fraccionamientos y realización de toda operación sobre inmuebles que autorizan las leyes y reglamentaciones, incluso las comprendidas en la Propiedad Horizontal, construcción de edificios y de todo tipo de inmueble, con destino comercial o habitacional, como asimismo el ejercicio de representaciones y administraciones de emprendimientos inmobiliarios; administración de consorcios; intervenir y suscribir contratos de fideicomisos inmobiliarios o de construcción como fiduciaria fiduciante, fideicomisaria y/o beneficiaria, sin intervenir en fideicomisos financieros, y asumir los derechos y contraer las obligaciones que pudieren derivar de tal carácter en el contrato de fideicomiso respectivo; con bienes propios. Se excluye expresamente la actividad de corretaje inmobiliario regulado por la ley provincial 13.154. b) Financiera: Inversiones o aportes de capital con bienes propios en empresas, fideicomisos y sociedades constituidas o a constituirse, cualquiera fuera su objeto, ya sean nacionales o extranjeras, privadas o mixtas, y realizar toda clase de operaciones financieras, realizar gestiones de cobranzas y/o administración de fondos de terceros, efectuar adquisiciones de créditos y cesiones de los mismos, todo con las limitaciones del art. 30 de la ley 19.550, y con exclusión de toda actividad...

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