ESTATUTO

Fecha27 Mayo 2022
Número de registro477884
EmisorFLEXAR-R S.A.S.

Por estar así dispuesto en los autos caratulados FLEXAR-R S.A.S. s/Constitución; Expte. 1667/2022, C.U.I.J. Nº 21-05526936-7, de trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Rosario, se cumple en informar que, por acto constitutivo de fecha 16 de Marzo de 2022, se constituye Flexar-R SAS y se hace saber lo siguiente:

1) Socio único: Luis Alberto Ferraro, D.N.I Nº 22.391.341, C.U.I.T. Nº 20-22391341-6, nacido el 16 de Octubre de 1971, argentino, de estado civil divorciado de Ana María Ferroggiaro —D.N.I. Nº 26.073.526— (según consta en sentencia de divorcio dictada por resolución Nº 1826 de fecha 30 de Julio de 2015 en el expediente Nº 1430/2015, tramitado ante el Tribunal Colegiado de Familia de la Quinta Nominación de la ciudad de Rosario), de apellido materno Lara, consultor, con domicilio en calle De las Acacias 289 de Rosario, provincia de Santa Fe. 2) Denominación social: Flexar-R SAS. 3) Domicilio y sede: Tiene su domicilio en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. Se fija la sede social en calle De Las Acacias 289, de Rosario, provincia de Santa Fe. 4) Objeto: La sociedad tiene por objeto la realización por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, de las siguientes actividades: a) recolección, transporte, acopio, separación, tratamiento, transformación, reciclaje y procesamiento de residuos o productos fuera de uso (por ejemplo, neumáticos); b) elaboración industrial de productos o realización de obras con el material mencionado en el inciso previo, y c) comercialización nacional o internacional de los productos u obras previstas en su objeto social. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y llevar a cabo los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. Las actividades sociales se realizarán con profesionales habilitados según lo establezcan las leyes reguladoras de la materia. 5) Duración: Treinta (30) años, a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público. 6) Capital: El capital social se fija en la suma de pesos ochenta mil ($ 80.000), representado por ochenta mil (80.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal de un peso ($1). El capital social puede ser aumentado por el órgano de gobierno de la sociedad conforme con lo previsto por el artículo 44 de la ley 27.349. El capital social suscripto puede ser aumentado hasta un cincuenta por ciento (50%) sin requerir publicidad ni...

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