ESTATUTO

Fecha04 Septiembre 2019
Número de registro400193
EmisorCONSULTORIOS PRIVADOS SAN JUSTO S.A.S.

Por estar así dispuesto en los autos caratulados Consultorios Privados San Justo S.A.S./Contrato Expte. N° 987, Folio, año 2019 de trámite por ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber:

1 - Socios: Zalazar Carina Edit, D.N.I. 20.175.004, nacida el 5 de febrero de 1968, argentina, estado civil casada, profesión Mecanica, domiciliada en calle Mariano Moreno N° 2553, de la localidad de San Just, crovincia de Santa Fe y Heumann Germán, D.N.I. 20.765.385, nacido el 9 d abril de 1969, argentino, estado civil casado, profesión Médico, domicilido en calle Mariano Moreno N° 2553, de la localidad de San Justo, provincia de Santa Fe.

2 - Denominación: CONSULTORIOS PRIVADOS SAN JUSTO S.A.S.

3 - Domicilio: San Justo, departamento San Justo, provincia de Santa Fe.

4 - Plazo: 20 años a contar inscripción Registro Público de Comercio.

5 - Objeto: A) Organización, administración, gerenciamiento y comercialización de servicios de salud, médicos asistenciales en todas sus especialidades, con exclusión Art. Nº 299, inciso 4 de la Ley 19550. B) Alquiler de consultorios médicos y/u oficinas, sala de rayos X y/p diagnóstico por imágenes, con exclusión de las actividades establecidas según Ley N° 13.154. C) Prestaciones de servicios de urgencia, emergencias sin internación en materia salud, pre-hospitalarias, atención médica domiciliaria y traslados sanitarios de alta y baja complejidad. La sociedad tendrá plena capacidad jurídica para poder constituirse, organizarse e integrarse como red de prestadores de salud en jurisdicciones municipales, provinciales, regionales nacionales. E) Podrá realizar contratos con personas individuales o evablecer sistemas de contratación colectiva con instituciones, empresa o asociaciones de cualquier índole. F) Ejercer representaciones, contrataciones, comisiones, distribuciones, intermediaciones, consignaciones y mandatos de asuntos vinculados con el objeto social. Las actividades sociales se realizarán con profesionales habilitados segin lo establezcan las leyes reguladores de la materia. Se deja establecido que los Honorarios Devengados en razón de dichas actividades serán destinados a dichos profesionales.

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

6 - Capital Social: Cinto cincuenta mil pesos (150.000), representado por 150000 acciones de Un (1), totalizando ciento cincuenta mil pesos ($...

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