ESTATUTO

Número de registro394324
Fecha25 Junio 2019
EmisorJUBBLER TECHNOLOGIES S.A.S.

Socios: Oscar Horacio Pacífico, argentino, nacido el 2 de agosto de 1960, D.N.I. N° 14.301.482, C.U.I.T. 20-14301482-8, empresario, casado en primeras nupcias con Claudia Marcela Blua, con domicilio en la calle Alvarez Condarco N° 140 Bis de la ciudad de Rosario, Diego Jesús Calderani, argentino, nacido el 6 de septiembre de 1983, D.N.I. N° 30.363.087, C.U.I.T. 20-30363087-3, Licenciado en Sistemas y Computación, casado en primeras nupcias con Vanesa Gisela Sargenti, con domicilio en la calle 10 de Mayo N° 2169 de la localidad de Pueblo Esther, Javier Vanni, argentino, nacido el 3 de mayo de 1984, D.N.I. N° 30.684.067, C.U.I.T. 20-30684067-4, Licenciado en Sistemas, casado en primeras nupcias con Macarena Margaria, con domicilio en la calle Mitre N° 475 Piso 5 Depto. A de la ciudad de Rosario, y Hernán Matías Lopez, argentino, nacido el 4 de febrero de 1978, D.N.I. N° 26.066.774, C.U.I.T. 24-26066774-9, Analista de Sistemas, divorciado de Lorena Beatriz García según Resolución Nro. 2834 de fecha 18/09/2018 del Tribunal Colegiado de Familia N° 7 de Rosario, con domicilio en la calle San Martín N° 573 Piso 2 Depto. B de la ciudad de Rosario.

Fecha del acta constitutiva: 4 de junio de 2019.

Denominación de la sociedad: Jubbler Technologies S.A.S.

Domicilio social: Avenida Eva Perón N° 8682 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Plazo de duración: 50 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.

Objeto social: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de la siguiente actividad, con destino tanto al mercado interno como al externo: Software y servicios informáticos y digitales, incluyendo: (i) desarrollo de productos y servicios de software (SAAS) existentes o que se creen en el futuro, que se apliquen a actividades como e-learning, marketing interactivo, e-commerce, servicios de provisión de aplicaciones, edición y publicación electrónica de información; siempre que sean parte de una oferta informática integrada y agreguen valor a la misma; (ii) desarrollo y puesta a punto de productos de software originales registrables como obra inédita o editada; (iii) implementación y puesta a punto para terceros de productos de software propios o creados por terceros y de productos registrados; (iv) desarrollo de software a medida cuando esta actividad permita distinguir la creación de valor agregado, aun cuando en los contratos respectivos se ceda la propiedad intelectual a terceros; (v)...

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