Estatuto
Emisor | la Porota S.A. |
Fecha de la disposición | 24 de Septiembre de 2013 |
1) Fecha de Acta Constitutiva: 14 de mayo de 2013.
2) Datos de los socios: Juan Ignacio López Marull, de apellido materno Dezorzi, de nacionalidad argentina, mayor de edad, soltero, nacido el 13/07/1979, administrador rural, titular del D.N.I. Nº 27.291.402; con C.U.I.T. 20-27291402-9, con domicilio en calle Av. Corrientes nro. 224, piso 1°, departamento “B” de la ciudad de Rosario, Departamento Rosario de la Provincia de Santa Fe; y José Francisco Fernández Chemes, de apellido materno Chemes, de nacionalidad argentina, mayor de edad, casado, nacido el 12/12/1979, abogado, titular del D.N.I. N° 27.697.325, con C.U.I.T. 20-27697325-7, con domicilio en calle Bv. Oroño nro. 622, piso 10°, departamento B, de esta ciudad de Rosario, Departamento Rosario de la Provincia de Santa Fe.
3) Domicilio y sede social: Bv. Oroño nro. 622, piso 10, “B” de Rosario, provincia de Santa Fe.
4) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, por cuenta de terceros o asociada a terceros a) Agrícola-ganadera, mediante la explotación directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, invernación, mestización, venta, cruza de ganado, cultivos, compra, venta y acopio de cereales, oleaginosos, legumbres, sus productos, subproductos y derivados; la siembra, recolección de cosechas, preparación de cosechas para el mercado, o la ejecución de otras operaciones y procesos agrícolas y/o ganaderos así como la compra, venta, distribución, importación y exportación de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera; b) Mandataria: ejercer representaciones, mandatos, agencias, comisiones, consignaciones, servicios relacionados con los negocios de administración de bienes, capitales y con los negocios financieros, en especial los relacionados con títulos de crédito o títulos valores públicos o privados. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. Para el cumplimiento del objeto establecido en el presente artículo y en el supuesto de resultar necesario, se requerirá el concurso de profesionales matriculados. La sociedad no...
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