Estacionamiento y Deportes S.A. S/quiebra

Fecha de disposición28 Septiembre 2009
Fecha de publicación28 Septiembre 2009
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31746

Rafael Trebino Figueroa, secretario.

e. 25/09/2009 Nº 80743/09 v. 28/09/2009 N° 18

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 18, Secretaría nro. 35, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 3º Piso de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber por cinco días que con fecha 31 de agosto de 2009 se resol vió decretar la quiebra indirecta de Flash Print Full Service SRL, con CUIT Nº 30707750126;

que los acreedores posteriores a la presenta ción en concurso preventivo deberán presentar las peticiones de verificación de sus créditos y títulos pertinentes conforme a lo previsto por el art. 202 de la Ley 24.522. El síndico es el con tador Manuel Arnaldo con domicilio en Paraná 224, 6º piso, oficina 22 'B' de esta Ciudad. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que cumpla los requisitos a que se refiere el art. 89 de la ley de concursos; y para que entregue al síndico sus bienes, libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabili dad. Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán in eficaces. El presente se libra por mandato de SS en los autos caratulados: 'Flash Print Full Service SRL s/Quiebra' Expte. Nº 053500, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.

Buenos Aires, 1 de septiembre de 2009.

María Florencia Estevarena, secretaria.

e. 22/09/2009 Nº 79317/09 v. 28/09/2009 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 18, Secretaría Nº 36, sito en M.

T. Alvear 1840, piso 3º, hace saber por cinco días que con fecha 11 de Septiembre de 2009 se ha decretado la quiebra al antes concursa do preventivamente Perelman Héctor Manuel CUIT 20120766806, con domicilio en Av. del Libertador 4476/78/80/82 Piso 6º 'A' de Capital Federal. Se ha resuelto mantener como síndico al Cdor. Manuel Arnaldo con domicilio en Pa raná 224 Piso 6º Of 22 B. Se hace saber a los acreedores posteriores a la presentación del concurso que deberán presentar las peticiones de verificación de sus créditos y títulos perti nentes conforme lo previsto por el art. 202 de la L.C. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que entregue sus bienes al síndico objeto de desapoderamiento; cumpla los requisitos a que se refiere el art. 86 de la ley concursal;

entregue al sindico dentro de las 24 horas sus libros de comercio y demás documentación re lacionada con su contabilidad. Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El presente se libra por mandato de V.S. en los autos caratula dos: 'Perelman Héctor Manuel s/Quiebra' Exp te Nº 52149, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.

Buenos Aires, 14 de septiembre de 2009.

Adriana Bravo, secretaria.

e. 22/09/2009 Nº 79318/09 v. 28/09/2009 N° 19

El Juzgado Comercial Nº 19, a cargo del Dr.

Gerardo D. Santicchia, Secretaría Nº 37 a car go de la Dra. Fernanda Maoni, secretaria.

e. 25/09/2009 Nº 80773/09 v. 01/10/2009 N° 21

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 21, a cargo del Dr. German Páez Castañeda...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR