Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 22 de Noviembre de 2018, expediente CAF 038222/2018/CA001

Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 38222/2018 ESQUENON, R.R. c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH s/AMPARO POR MORA Buenos Aires, de noviembre de 2018.- AMD Y VISTOS; CONSIDERANDO

I.- Que, en lo que aquí interesa, mediante la resolución del 16 de agosto de 2018 la Sra. Magistrada de grado hizo lugar a la presente presente acción de amparo por mora y, en consecuencia, condenó al Estado Nacional – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – a que, en el plazo de 10 días, impulse el trámite del expediente administrativo CUDAP: EXP S04:0067188/2014, con costas (fs.64/65vta.).

Para así decidir sostuvo que, habiéndose solicitado los antecedentes necesarios para evaluar el reclamo del Sr. E., a la fecha de la resolución de grado no se había producido informe técnico alguno dentro de los actuados en cuestión y tampoco habían sido remitidos los mismos a la Dirección General de Asuntos Jurídicos o a la Secretaría de Derechos Humanos.

Asimismo, remarcó que desde que el expediente administrativo se encontraba en condiciones de ser elevado por haberse producido la prueba, la recurrente no había dado curso a las peticiones formuladas por el actor, ni se habían probado causales eximentes relevantes para dispensar a la autoridad administrativa por la demora incurrida; en ese orden, consideró que había transcurrido un excesivo plazo sin que se haya dado impulso a la petición formulada por el amparista.

II.- Que, disconforme con lo resuelto, a fs. 66/68vta. la parte demandada interpuso recurso de apelación y fundó en el mismo acto. Se agravió respecto de la resolución de la Sra. Jueza a quo y de la imposición de costas a su parte.

Manifestó que la sentenciante desechó la pertinencia de los argumentos vertidos por el Estado Nacional al producir el informe previsto por el artículo 28 de la ley 19.549; del mismo modo, esgrimió

que no se está ante un caso en donde la actuación de la administración fue remisa en el tratamiento de una petición.

Fecha de firma: 22/11/2018 Alta en sistema: 27/11/2018 Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA #31900641#221629280#20181122101822953 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 38222/2018 ESQUENON, R.R. c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH s/AMPARO POR MORA Sostuvo que, de la copia de las actuaciones administrativas agregadas, surge que su parte no se negó a emitir el pronunciamiento sobre el...

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