Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 12 de Marzo de 2021, expediente CNT 027728/2008/CA001

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA 50453

SALA VI

Expediente Nro.: CNT 27728/2008

(Juzg. Nº34)

AUTOS: “ESPEJO JUAN CARLOS Y OTROS C/ CONSORCIO DE

PROPIETARIOS DEL EDIFICIO URUGUAY 252 S/ ACCIDENTE- ACCION

CIVIL”

Buenos Aires, 12 de marzo de 2021.-

VISTOS:

El recurso de aclaratoria con apelación en subsidio interpuesto por el tercero BERKLEY INTERNATIONAL ART S.A a fs.

303 contra el pronunciamiento de fs. 302/302 vta. por el cual la Magistrada de grado rechazó la demanda interpuesta, impuso costas a la actora y regulo los honorarios de los profesionales intervinientes en representación de la parte actora y demandada,

Y CONSIDERANDO:

Que, la Magistrada de grado no hizo lugar al recurso de aclaratoria efectuado por el tercero y, concedió el recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria (ver fs. 304).

Que, no se puede dejar de soslayar la existencia de un obstáculo de índole formal para el tratamiento de la apelación deducida en subsidio por el tercero citado. Ello es así, por cuanto el único supuesto en el que la norma adjetiva habilita Fecha de firma: 12/03/2021

Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA INTERINA

este remedio es cuando se peticiona la reposición de una resolución (arts. 98 de la ley 18.345 y 248 y concs. del C.P.C.C.N.) y, no sería procedente en un caso como el de autos, cuando se materializa un pedido de aclaratoria que resulta adverso a los intereses del peticionante. Toda vez que no rige, al respecto, el “principio de eventualidad procesal”

que es, justamente, el que funda el diseño atípico del recurso de reconsideración.

Que, por los argumentos vertidos precedentemente,

corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto en subsidio. Sin costas, ante la ausencia de...

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