Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 15 de Agosto de 2017, expediente FMZ 033065/2017/ES01

Fecha de Resolución15 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA FMZ 33065/2017/ES1 Mendoza, 15 de Agosto de 2.017.

AUTOS Y VISTOS:

Los presentes Nº FMZ 33065/2017/ES1 caratulados “SOBRE HABEAS CORPUS PRESENTANTE LÓPEZ, M.E.”, venidos en consulta del Juzgado Federal Nº 2 de San Juan, en virtud de lo dispuesto en el art. 10 de la Ley 23098; Y CONSIDERANDO:

Que viene la presente causa a conocimiento de esta Alzada en razón de haber sido elevada en consulta por el Inferior, en cumplimiento de lo previsto en el art. 10 de la Ley 23098, que regla el recurso de H.C..

Que a la luz de las constancias de autos, este Tribunal estima que la decisión del J. es correcta, en tanto se enmarca en la previsión legal que rige la materia y tiene fundamentos bastantes como para convalidarla.

En su mérito, SE

RESUELVE:

Confirmar la resolución de fs. sub 1/5 vta. en cuanto dispone denegar la acción de HABEAS CORPUS incoada, por no encontrarse reunidos para su procedencia los requisitos exigidos por el art. 3 inc. 2do de la Ley 23.098.

P.. P.. N..

CONSTE: Que la presente resolución la suscriben dos jueces de cámara por encontrarse vacante la tercer vocalía.

M., 15 de Agosto de 2017.

Fecha de firma: 15/08/2017 Alta en...

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