Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 14 de Julio de 2015, expediente COM 018094890/2008/ES01

Fecha de Resolución14 de Julio de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 18094890/2008/ES01 AUTOMOTORES COLCAM S.A. C/ GSAR SRL S/ EJECUCION HIPOTECARIA S/ RECURSO EXTRAORDINARIO.

Buenos Aires, 14 de julio de 2015.

  1. A.C.S.A. dedujo recurso extraordinario contra la sentencia de esta Sala del 17.3.15 en cuanto revocó el resolutorio de grado que desestimó la excepción de incompetencia opuesta por G.O.D. (fs.

    2/14).

    El traslado de ley fue respondido en fs. 21/25.

    En tanto no resulta menester requerir la remisión del expediente principal pues se cuenta con ejemplar auténtico de la decisión impugnada en el protocolo de la Sala, y se ha procurado copia de ese pronunciamiento, que se agregó para la integración de este cuadernillo (fs. 1), corresponde ingresar derechamente en el análisis del caso.

  2. La cuestión resuelta atañe a circunstancias de hecho, regidas por el derecho común y procesal, cuya valoración excluye, como principio, la posibilidad de habilitar esa vía extraordinaria (C.S.J.N., Fallos 270:22, 274:273, 287:457, 291:449).

    Además tampoco se advierte que concurran en el caso razones suficientes para apartarse excepcionalmente de dicho criterio, en tanto la decisión cuestionada cuenta con adecuados fundamentos que obstan a su Fecha de firma: 14/07/2015 Firmado por: J.J.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: JULIO FEDERICO PASSARON, SECRETARIO DE CAMARA descalificación como acto jurisdiccional, circunstancia que excluye la tacha de "arbitrariedad" invocada.

    Tampoco lo resuelto...

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