Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 21 de Septiembre de 2017, expediente CAF 018334/2011/CA001

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 18334/2011 E.R.H. c/ EN-M° INTERIOR RSL 976/10-DNM DISP 144886/08(2122921/06 s/RECURSO DIRECTO PARA JUZGADOS En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina a los días de setiembre de dos mil diecisiete, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para conocer los recursos de apelación interpuestos en autos: “E.R.H. c/ EN-M° INTERIOR RSL 976/10-DNM DISP 144886/08(2122921/06 s/RECURSO DIRECTO PARA JUZGADOS”, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Es ajustada a derecho la sentencia apelada?

El Juez de Cámara, J.F.A. dijo:

  1. Que por medio de la sentencia de fs.

    284/287vta. la Juez de primera instancia rechazó el recurso de apelación interpuesto por la señora H.E.R., de nacionalidad boliviana, contra la resolución nro. 144886 del 14 de octubre de 2008, por medio de la cual se había denegado la solicitud de residencia en el país, cancelado su residencia precaria, declarado irregular su permanencia en el país, y prohibido su reingreso por el término de 5 años. Impuso las costas a la vencida.

    Como fundamento, señaló que los actos administrativos que decidieron la expulsión de la recurrente resultaban razonables y ajustados a lo dispuesto en el artículo 29 inciso c) de la Ley 25.871, pues al momento de resolver, se había tenido en cuenta que de las actuaciones administrativas nº 2122921/2006, resultaba que la señora H.E.R. había sido condenada a una pena privativa de la libertad de cuatro (4) años por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy por el delito de “tráfico de estupefacientes”. Por otra parte, y con respecto a la omisión invocada por la actora con relación a sus dos hijos menores de edad de nacionalidad argentina, a los que se le negaría la posibilidad de continuar viviendo junto a su madre, y que se la estaría Fecha de firma: 21/09/2017 Alta en sistema: 22/09/2017 Firmado por: G.F.T., J.F.A., P.G.F., #11053187#188771188#20170921113048233 condenando a regresar a un país en el que no posee vínculos familiares o afectivos, señaló que no resultaban fundamento suficiente para invalidar la resolución atacada, pues, en aquella se había valorado la gravedad del delito, y la actora no había acreditado que se encontrare comprometida la unidad de su grupo familiar. Ello pues, de la prueba acompañada por la actora surge que aquella no había sido consistente con su intención de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR