Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 16 de Agosto de 2019, expediente FBB 002662/2018/CA001 - CA002
Fecha de Resolución | 16 de Agosto de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA |
Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 2662/2018/CA1–CA2 – Sala I – Sec. 2 Bahía Blanca, de agosto de 2019.
VISTO: El expediente nro. FBB 2662/2018/CA1–CA2, caratulado: “ESCOBAR
MAMANI, N. c/Dirección Nacional de Migraciones s/Contencioso
Administrativo – Varios”, originario del Juzgado Federal nro. 1 de la sede, puesto al
acuerdo para resolver el recurso de apelación deducido a f. 33/vta. contra la resolución
de fs. 20/23 vta.
La señora Jueza de Cámara, S.M.F., dijo:
1ro.) Que el señor juez de primera instancia rechazó los planteos
de nulidad introducidos por N.E.M., ratificó el trámite seguido en el
expediente administrativo nro. S02:0011902/2009 de la Dirección Nacional de
Migraciones y confirmó la sanción de multa impuesta al nombrado mediante
resolución DNM nro. 1720 –y las que rechazaron los recursos de reconsideración y de
alzada interpuestos contra aquella (fs. 20/23 vta.)–, por infracción a la ley de
migraciones (art. 55 segunda parte).
2do.) Contra dicho pronunciamiento, la parte actora interpuso
recurso de apelación (fs. 25/26); ocasión en donde además planteó la prescripción de
la acción para sancionar la infracción de acuerdo a lo normado por los arts. 96 y 97 de
la ley 25.871.
El magistrado de grado rechazó el planteo de prescripción de la
infracción y concedió el recurso interpuesto en subsidio (fs. 27/28). A su vez, frente a
este rechazo, el actor interpuso recurso de apelación y a fs. 35/37 vta. presentó el
respectivo memorial de agravios.
Luego, a fs. 47/51, presentó el memorial correspondiente a la
apelación contra la resolución de fs. 20/23 vta.
3ro.) A su turno, a fs. 43/44 el Ministerio Público Fiscal
contestó la vista conferida, propiciando se acoja el planteo de prescripción articulado.
4to.) Según se observa, el 5/6/13 la Dirección Nacional de
Migraciones sancionó en forma solidaria a la firma Ladrillos de la Aldea Bahiense
S.R.L. y a N.E.M. al pago de dos multas de $143.750 por infracción
al art. 55 de la ley 25.871, consistente en proporcionar empleo a dos personas
extranjeras cuya situación migratoria no los habilitaba a trabajar, hecho constatado por
Fecha de firma: 16/08/2019 Firmado por: M.A.S., SECRETARIA Firmado por: S.M.F., JUEZA DE CÁMARA Firmado por: R.D.A., JUEZ DE CÁMARA #31300204#241631956#20190816122632582 Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 2662/2018/CA1–CA2 – Sala I – Sec. 2 acta de inspección del 10/9/09 (Disposición DNM 1720, fs. 58/61 del expte. adm.
S02:0011902/2009).
Contra la decisión que rechazó el recurso de alzada interpuesto
(Resolución 20171696APNSECI), el señor E.M. interpuso el recurso
judicial previsto por el art. 84 de la ley 25.871.
5to.) Del...
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