Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 10 de Junio de 2021, expediente CNT 023651/2014/CA001

Fecha de Resolución10 de Junio de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA I

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CAUSA NRO. 23.651/14

AUTOS: “ESCOBAR JUAN CARLOS C/ PREVENCION A.R.T. S.A. Y OTRO S/

ACCIDENTE-LEY ESPECIAL”.

JUZGADO NRO.64 SALA I

CABA, de de 2021.

VISTO;

El recurso de apelación interpuesto por el actor.

Y CONSIDERANDO;

La Dra. G.A.V. dijo:

  1. Contra la sentencia del 24.08.20, se alza el actor a tenor del memorial recursivo digital del 27.08.20, cuya réplica por la demandada fue presentada el 02.09.20.

    Surge de la causa que el actor comenzó a trabajar como operario para Altísimo S.A., con una jornada laboral de lunes a viernes de 7 a 16 y una remuneración mensual de $5.800. Dice el actor que el día 18.11.11, mientras realizaba sus tareas habituales,

    precisamente cuando intentaba descargar una carretilla con escombros, se cayó al suelo y la carretilla terminó encima de sus piernas. Refiere que, como consecuencia del accidente,

    sufrió la fisura de tres costillas. Además, dice que el ambiente ruidoso en el que debía desempeñarse para su empleador le provocó una incapacidad auditiva. Afirma que, como Fecha de firma: 10/06/2021

    Firmado por: M.V.M.C., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: M.C.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.A.V., JUEZ DE CAMARA

    consecuencia del accidente y del ambiente en que prestaba servicios, hoy padece una incapacidad del 30% sobre cuya base practica liquidación a fs. 7.

  2. El señor juez de grado rechazó la demanda deducida por el señor E.,

    fundada en las leyes 24.557 y 26.773 y dirigida a reparar las consecuencias lesivas del accidente y enfermedad profesional denunciada, pues no acompañó los estudios médicos requeridos por el perito designado. Impuso las costas a cargo del actor. La parte actora se queja por el rechazo de su pretensión y solicita que se intime al perito a acompañar nuevas órdenes médicas.

  3. El recurso tendrá acogida favorable por mi intermedio. En efecto, si bien es cierto que, como lo destaca el Sr. Juez de la instancia anterior, el actor omitió la incorporación al proceso de los estudios complementarios solicitados por el perito médico, no es menos verdad que el señor E. demostró su vocación de continuar la prosecución del proceso.

    En el proceso laboral, como expresión del principio protectorio (artículo14 bis, CN),

    debe procurarse que el acceso a la justicia no se vea frustrado por las alternativas procedimentales que en ocasiones impiden a la persona trabajadora acreditar los hechos que invoca. No puede pasarse por alto que el actor manifestó haber tenido un grave accidente de trabajo por el cual fue internado de urgencia, no solo por tener tres costillas fisuradas, sino también por la infección que tenía en la zona costal. La búsqueda de la verdad objetiva debe tener, en el caso, un mayor peso específico que los aspectos adjetivos para evitar el riesgo de incurrir en un exceso de rigor formal que lesiona la tutela...

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