Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 26 de Diciembre de 2017, expediente CNT 023587/2011/CA001

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 23587/2011/CA1 SENTENCIA DEFINITIVA 81214 AUTOS: “ESCALANTE, NELSON ANDRÉS C/ PLASTIFLEX S.A. Y OTRO S/

DESPIDO.” (JUZG. Nº 23).

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capital federal de la República Argentina, a los 26 días del mes de diciembre de 2017 se reúnen los señores jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, quienes se expiden en el orden de votación que fue sorteado oportunamente; y EL DOCTOR E.N.A.G. dijo:

I) Llegan los autos a conocimiento de esta alzada como consecuencia del recurso de apelación articulado por la demandada Plastiflex S.A. a fs. 343/345, contra la sentencia que luce agregada a fs. 334/342. A fs. 349, la parte actora contestó agravios.

II) Agravia a la recurrente la decisión de la jueza “a quo” de tener por probada la relación laboral alegada por el actor fundándose en dos testimonios que han sido oportunamente objetados por ella.

En primer lugar cuestiona el alcance convictivo que la sentenciante anterior otorgó a la declaración de G.. Al respecto sostiene que mal puede dicha declaración aportar elementos de convicción, cuando los dichos del mismo resultan totalmente imprecisos en cuanto a la referencia del marco temporal que refiere.

El mencionado testigo prestó declaración en el mes de octubre de 2012, al ser interrogado en relación con la litis, contestó que trabajó para Estibajes Argentinos S.A. “cuatro o 5 años. Que no puede precisar fechas, que aclara que se fue el año pasado”. Las precisiones temporales brindadas por el testigo a mi criterio resultan suficientemente esclarecedoras respecto de la ubicación temporal de los lechos a que se refiere en su relato. En base a ello y teniendo en cuenta que en la demanda se invocó que el actor prestó servicios en Plastiflex desde setiembre de 2008 y hasta marzo del 2011, resulta claro que el mencionado testigo compartió el lapso temporal en que el accionante denunció haber prestado servicios.

En ese aspecto el testigo manifestó: “ Que cuiando trabajó para Estibajes Argentinos prestaba tareas en Plastiflex . Que el testigo operaba las máquinas. Que el testigo trabajó con el actor en Plastiflex. Que el actor hacía el mismo trabajo que hacía el testigo. Que trabajaban en la misma máquina, una al lado de la otra.(…) Que el actor trabajaba de 6 de la mañana a 18 hs.. Que los días de trabajo dependían. Que a veces trabajaban de lunes a lunes, que si no lo...

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