Sentencia nº 37 de Cámara de Apelación en lo Laboral (Sala III) - Rosario, 5 de Octubre de 2016

Presidente1426/16
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2016
EmisorCámara de Apelación en lo Laboral (Sala III) - Rosario

Nº 287. En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los 5 días de octubre del año dos mil dieciséis, se reunieron en Acuerdo los señores vocales de la Sala Tercera de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Laboral Dres. Ángel Félix A., A.A.A. y E.E.P. para resolver en autos: "ESCALADA, D.B. C/ LA SEGUNDA ART SA S/ COBRO DE PESOS" Expte. Nº 37 Año 2016, venidos en nulidad y conjunta apelación del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Séptima Nominación de Rosario.

Efectuado el examen del pleito se resolvió plantear las siguientes cuestiones:

  1. - ¿ES NULA LA SENTENCIA RECURRIDA?

  2. - ¿ES JUSTA LA DECISIÓN APELADA?

  3. - ¿CUÁL ES EL PRONUNCIAMIENTO A DICTAR?

    Practicado el sorteo de ley resultó que la votación debía realizarse en el siguiente orden: D.. A., P. y A..

  4. - A la primera cuestión. La Dra. A. dijo: La demandada interpuso recurso de nulidad (fs. 171). No siendo fundado en forma autónoma, conforme expresa disposición del art. 113 del CPLSF, corresponde declararlo desierto, en virtud de que la recurrente no cumplimenta con la carga respectiva (cfr. fs. 197/202).

    Al primer interrogante propuesto, mi voto es por la negativa.

    A idéntica cuestión, el Dr. P. dijo: Comparto los fundamentos expresados por el vocal que me precede, por lo cual voto en su mismo sentido.

    A igual cuestión, el Dr. A. dijo: Advirtiendo la existencia de dos votos totalmente coincidentes, me abstengo de emitir opinión (art. 26 ley 10160).

  5. - A la segunda cuestión. La Dra. A. dijo: La sentencia de primera instancia que lleva el Nº 1122 de 30/06/2015, glosada a fs. 146/59, a cuyos fundamentos de hecho y de derecho me remito en razón de brevedad, hace lugar a la demanda incoada por D.B.E., condenando a La Segunda ART SA a pagarle una reparación integral con intereses. Impone las costas a la vencida.

    La parte demandada apela totalmente el acto decisorio a fs. 171. Concedido el recurso interpuesto, y elevadas las actuaciones a esta instancia, expresa sus agravios conforme memorial de fs. 197/202. La actora los responde mediante la presentación que obra a fs. 204/8.

    LOS AGRAVIOS

    Las críticas de la parte demandada refieren a que la sentencia de primera instancia: a) consideró que las tareas de limpieza realizadas por Escalada como mucama se equipararon a la "cosa riesgosa" del art. 1113 del Código Civil; b) condenó al pago de la reparación civil imputando omisión de cumplimiento de deberes legales a cargo de la ART, invirtiendo la carga probatoria, en favor de la trabajadora (art. 1074, Cód. Civil); c) declaró en abstracto la inconstitucionalidad del art. 39.1 LRT; d) dio eficacia probatoria a la pericia médica como prueba del nexo de causalidad, soslayando la observación formulada en su alegato; e) aplicó un interés equivalente a la tasa activa del Banco Nación Argentina desde el 7/9/2011 hasta el 31/12/2011, a la que le adicionó un recargo del 50% a partir del 1/01/2012.

    TRATAMIENTO DE LOS AGRAVIOS

    Adelanto que cotejados los agravios con el desarrollo argumentativo del Sr. juez de la causa, basado en las razones que expone y aplicando el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR