Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 17 de Diciembre de 2019, expediente COM 020876/2019/CA001

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 20876/2019/CA1 ERTOLA ELSA ELENA C/ BALMACEDA S.A. Y OTRO S/ ORDINARIO.

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2019.

  1. La actora, E.E.E., apeló la resolución dictada en fs. 53/56, mediante la cual el juez de primera instancia admitió limitadamente la diligencia preliminar solicitada en fs. 50/52.

    Su recurso de fs. 57, concedido en fs. 58, fue mantenido con el memorial obrante en fs. 59/61.

    La recurrente se agravia, suscintamente, porque considera que el magistrado a quo desatendió los fundamentos vertidos en su presentación de fs. 50/52, los cuales -según su parecer- justifican plenamente la íntegra admisión de las diligencias allí requeridas.

  2. En el presente caso, la accionante promovió una demanda por remoción del directorio de B.S., solicitando como medida cautelar su intervención judicial en grado de veeduría. Adujo ser socia minoritaria de la aludida sociedad y que su órgano de administración violó deliberada y reiteradamente su derecho de información (refirió que en el marco de la vida social del ente también se habría simulado la celebración de asambleas unánimes, se habrían aprobado elevados montos para remunerar a los directores, se habría decidido realizar reservas facultativas con cuantiosas utilidades y se habrían efectuado maniobras sospechosas con bienes de la sociedad y con su sede social inscripta; v. fs. 34/42).

    El anterior sentenciante denegó la designación del veedor en cuestión (v. fs. 44/49) pero, en el marco de las actuaciones “E., E.E.F. de firma: 17/12/2019 c/B.S. s/diligencia preliminar” (n° 10208/2019; recibidas en fs.

    Alta en sistema: 18/12/2019 Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.D.F., PROSECRETARIO DE CAMARA #33933978#250527336#20191217121046080 73), ordenó la producción de algunas diligencias orientadas a que la sociedad acompañe al expediente cierta documentación requerida por la pretensora (actas de asamblea, actas de directorio, etc).

    Luego de ello, y en el curso de este expediente, la señora E. solicitó, nuevamente como diligencia preliminar, que se intime a B.S. “a acompañar todas las actas de directorio celebradas en el curso de este año y los instrumentos referidos a la operación de permuta mencionada en el acta de directorio número 41 de fecha 20 de febrero de 2019” (v. fs. 51).

    El juez anterior ordenó practicar la intimación...

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