Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 27 de Noviembre de 2014, expediente CAF 015111/2011/CA002 - CA003

Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2014
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 15111/2011 EQUIMAC SACIF E I c/ EN-DNV (EXP 1012/08) s/AMPARO POR MORA Buenos Aires, de noviembre de 2014.- MSU Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que en primera instancia se reguló en la suma de $700, los honorarios del doctor C., por las tareas que cumplió ante esa instancia, como letrada de la parte actora (fs. 135/vta.).

  2. Que contra dicha regulación, la actora interpuso recurso de apelación por considerarla “alta” (fs. 136).

    III- Que, en primer término, cabe poner de resalto que en la sentencia de primera instancia obrante a fs. 94/7 las costas del proceso fueron impuestas por su orden, cuestión que fue modificada por este tribunal en su pronunciamiento de fs. 113/4, donde las costas fueron impuestas en ambas instancias a cargo de la parte demandada. En consecuencia, la mentada regulación no le causa ningún agravio a la parte actora. Por lo tanto, se declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto a fs. 136, por la parte actora.

  3. Que en atención a lo establecido en los artículos , , 36 y concordantes de la ley 21.839; y teniendo en cuenta la naturaleza del juicio, la importancia de la cuestión debatida y la calidad y eficacia de la labor desarrollada ante Primera Instancia, ELEVANSE a la suma de PESOS CINCO MIL ($5.000) los honorarios regulados a favor del doctor A.A.C., quien actuó a favor de la amparista.

  4. Que asimismo y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 14 y demás concordantes de la ley del arancel, la trascendencia del asunto discutido y la entidad de los trabajos cumplidos, FIJANSE en la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($1.500) los emolumentos del citado profesional.

  5. ...

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