Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 8 de Octubre de 2019, expediente CAF 032765/1999/CA004

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa nº 32765/1999/CA3 – CA4 “Empresa Nacional de Telecomunicaciones (en liquidación) c/ Telefónica de Argentina SA s/ contrato administrativo”.

Buenos Aires, 8 de octubre de 2019.

VISTO:

Los recursos de apelación deducidos por ambas partes a fs. 2748 y 2749 contra la resolución de fs. 2744/2747, que desestimó la impugnación de la demandada y aprobó la liquidación practicada por la actora, con costas en el orden causado; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, ante todo, resulta convenientes reseñar los antecedentes que derivaron en la presente apelación.

    El presente pleito tiene por objeto la rendición de cuentas de las sumas percibidas por Telefónica de Argentina SA por cuenta y orden de ENTEL, relativas a la facturación y gestión de cobranza de los servicios prestados por esta última y pendientes de pago al momento de la toma de posesión de aquélla. La demanda fue admitida y se condenó a Telefónica de Argentina SA a practicar la rendición de cuentas en el plazo de 60 días hábiles de conformidad con las pautas de la sentencia y del contrato de transferencia, bajo apercibimiento de tener por aprobada la que presentara la actora (fs.

    2088/2093), sentencia que fue confirmada por esta alzada (fs. 2149/2155). La apelación ordinaria ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación fue declarada desierta (fs. 2261/2269) y el recurso extraordinario fue rechazado (fs.

    2272).

    La rendición de cuentas elaborada por Telefónica de Argentina SA arrojaba un saldo a su favor de $41.398.056,55, pero fue desestimada por la jueza de grado, quien ordenó su producción a la actora (fs. 2463/2464 y vta).

    Esta última determinó un saldo a su favor de $124.935.046 (valor nominal actualizado al 1/4/91), más $1.083.727.231 en concepto de intereses calculados a la tasa pasiva promedio del BCRA desde el 2/4/91 al 27/4/15, haciendo reserva de su actualización hasta el momento de efectivo pago (fs.

    2470/2478 y ampliación de 2481/2488), la que fue impugnada por su contraparte (fs. 2500/2503 y vta) y objeto de dúplica (fs. 2505/2514) y réplica (fs. 2516/2520).

    En similar sentido, la perito contadora presentó su informe a fs.

    2532/2537 y coincidió sustancialmente con los cálculos efectuados por la actora, dictaminando que el saldo a favor de esta última ascendía a $124.928.099,77, más $1.083.666.976,90, en concepto de intereses al 27/4/15.

    Fecha de firma: 08/10/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA 1 #10522637#246434769#20191008101030718 Estas conclusiones fueron objeto de una nueva impugnación por parte de Telefónica de Argentina SA (fs. 2544/2550 y vta), y de otra dúplica (fs.

    2570/2573 y vta).

    La jueza de grado rechazó los planteos formulados por la demandada y aprobó las cuentas presentadas por la actora y la perito contadora (fs.

    2578/2585).

    La demandada apeló esa decisión, oportunidad en la que —en lo sustancial— se agravió de la tasa de interés aplicada y de la fecha de inicio de su cálculo, así como de los rubros y montos del capital en la liquidación aprobada (fs. 2589/2600). El memorial fue contestado por la contraria a fs.

    2607/2611 y vta.

    Esta S. convalidó los montos y rubros aprobados y la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual que publica el BCRA, así como la fecha de inicio de su cálculo. No obstante, admitió parcialmente el recurso exclusivamente en relación con la actualización al 1º de abril de 1991. En este sentido, a fin de soslayar que en dicho tramo hubiera capitalización de intereses, el tribunal ordenó...

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