Sociedades / 'Empresa de Distribucion Electrica de Tucuman S.A. (Edet). Aviso Nro: 142537

Fecha de la disposición15 de Abril de 2009
Número de Boletín27015
Fecha de Publicación15 de Abril de 2009

POR 1 DÍA - Por disposición del Señor Juez de Comercio, Dra. Emely Amenabar quién firma por titular, se hace saber que por Expediente n° 2974/08, de fecha 17/11/2008, se encuentra en trámite de inscripción el instrumento mediante el cuál la Dirección de Personas Jurídicas, en Resolución n° 309/08 DPJ, de fecha 15 de octubre de 2008, Expte n° 2526/21--E-07 y agdos., Resuelve:Artículo 1°:Apruébese la reforma del Artículo 18° de los Estatutos Sociales de la sociedad "EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA DE TUCUMÁN S.A.(EDET S.A.)", .con domicilio legal en Jurisdicción de la Provincia de Tucumán y Sede en Avda. Avellaneda n° 205 - Tucumán, resuelta por Asamblea General Extraordinaria de fecha 09/04/08, que obra en nuevo texto ordenado en fs. 227 a fs. 234 del Expte n° 2526/211-E-08 y agdos., el que se transcribe a continuación:TEXTO ORDENADO DEL ESTATUTO SOCIAL DE EDET S.A. Título I:Denominación. Régimen Legal. Domicilio y Duración. Artículo 1 :La Sociedad se denomina EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA DE TUCUMÁN SOCIEDAD ANÓNIMA (EDET S.A.) y se constituye conforme al régimen establecido en la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 (t.o. 1984), Y la Ley Provincial N° 6.423 de su creación. Artículo 2:Tiene su domicilio legal en jurisdicción de la Provincia de Tucumán, en la dirección que a tal efecto establezca el Directorio de la Sociedad. Artículo 3 Su plazo de duración será de noventa y cinco años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Título II:Del Objeto Social. Artículo 4:La Sociedad tendrá por objeto la prestación del servicio de distribución, abastecimiento, comercialización de energía eléctrica, generación aislada y de transmisión exclusiva a usuarios que se conecten a la red de distribución de electricidad en el territorio de la Provincia de Tucumán, en los términos del Contrato de Concesión que regula tal servicio. La Sociedad podrá realizar todas aquellas actividades complementarias y subsidiarias que se vinculen con su Objeto Social, así como todas aquellas actividades que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, para los que tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no le sean prohibidos por las leyes, estos estatutos sociales y en especial las leyes provinciales N° 6.423 y 6.608, así como toda otra norma que le sea expresamente aplicable. En especial la sociedad podrá prestar servicios de construcción, operación y mantenimiento de electroductos; proveer asistencia técnica, construir obras, asesorar en materia de seguridad de redes, construir, adquirir, explotar y arrendar instalaciones de producción, generación, transformación, distribución o comercialización de energía; fabricar, montar importar, exportar comercializar y distribuir equipos, elementos y artefactos eléctricos; asesorar en materia de protección del medio ambiente, cumplir mandatos y comisiones. También podrá participar en Sociedades por Acciones y adquirir, enajenar y transferir títulos y valores mobiliarios en general, nacionales y/o extranjeros; contraer empréstitos en forma pública o privada, incluso mediante la emisión de debentures u obligaciones negociables. Asimismo podrá prestar todos los servicios de cobranza a prestadores de servicios públicos y/o demás servicios, como así también servicios de cobranza y/o relativos a la recaudación de tributos nacionales, provinciales y/o comunales. Los servicios a que se hace referencia incluyen la posibilidad de realización de todas aquellas actividades relacionadas, directa o indirectamente, para el logro de la mencionada finalidad, como ser:el desarrollo de sistemas informáticos, la compra venta de los mismos y/o de softwares, como así también todo el hardware necesario y demás insumos para la prestación de los servicios contratados; la emisión, impresión y distribución de facturas y/o boletas y el servicio de recepción de pagos por todos los medios que dispone la Sociedad, tanto en el ámbito provincial como nacional. En igual sentido podrá realizar las tareas mencionadas precedentemente como actividades principales de su objeto social, independientemente de la efectiva realización de las cobranzas y/o prestación de los servicios de recaudación a que se hace mención anteriormente. Título III:Del Capital Social y Las Acciones. Artículo 5:El Capital social es de $92.346.426.- (Pesos Noventa y dos millones, trescientos cuarenta y seis mil cuatrocientos veintiseis), representado por 47.096.678 acciones ordinarias nominativas no endosables Clase "A" de un (1) peso de valor nominal cada una y con derecho a un (1) voto por...

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