Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 13 de Agosto de 2015, expediente COM 052209/1996

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara de Apelaciones en lo Comercial Sala B 52209/1996- EMPRESA CENTRAL EL RÁPIDO S.A. S/ QUIEBRA Juzgado N° 22 – Secretaría N° 43 Buenos Aires, 13 de agosto de 2015.

Y VISTOS:

Es criterio de esta Sala respetar las proporciones y porcentajes aplicados en anteriores distribuciones de fondos realizadas en el proceso, ello salvo situaciones de excepción que ameriten una solución contraria (CNCom. esta S., in re "Aceros Bragado S.A. s/ quiebra s/ incidente de distribución de fondos (sexta)" del 26.09.08), que no acontecen en la especie.

Por ello, en atención a la índole, calidad y extensión de los trabajos, se elevan a pesos treinta y ocho mil quinientos ($ 38.500) los emolumentos de la sindicatura “Estudio Bejar, P. y Asoc.”; y se confirman por el sentido del recurso —apelación por altos— en pesos cinco mil cuatrocientos ($ 5.400), en conjunto, los honorarios de los letrados D.M.L., A.F., A.V., J.A.S. (arts. 218, 265 inc. 4, 267 y 272 de la ley 24.522).

Se deja constancia de que se consideró como base regulatoria el monto que surge del informe obrante a fs. 10.190/10191.

Fecha de firma: 13/08/2015 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado...

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