MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO

Fecha de disposición26 Junio 2014
Fecha de publicación26 Junio 2014
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 825/2014Bs. As., 28/5/2014

VISTO el Expediente Nº 1.610.557/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) por el sector sindical y la empresa TOYOTA TSUSHO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 5/7 del Expediente Nº 1.610.557/14 y ha sido debidamente ratificado a fojas 42 y 43 de las mismas actuaciones.

Que se declaró formalmente constituida la Comisión Negociadora propiciada para la negociación de la pauta salarial 2014 referida al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 741/05 “E”; conforme surge de fojas 52 del sub examine.

Que mediante el acuerdo cuya homologación se solicita sus celebrantes establecen un incremento salarial en los términos y conforme los lineamientos allí establecidos, conformándose la nueva escala salarial que corresponde al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 741/05 “E”.

Que el plexo convencional en cuestión ha sido oportunamente celebrado entre las mismas partes individualizadas en el primer párrafo del presente y debidamente homologado a través de Resolución Secretaría de Trabajo Nº 477, de fecha 18 de noviembre de 2005.

Que en definitiva las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo que motiva el presente acto.

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo, se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo 741/05 “E”, cuyas escalas salariales modifica.

Que en definitiva dicho ámbito de aplicación se circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que respecto a su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del día 1 de febrero de 2014, de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio y teniéndose en consideración la nueva escala salarial, deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a sus competencias evalúe la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope...

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