Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 29 de Abril de 2014, expediente FPO 023000353/2006
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2014 |
Emisor | Sala CAMARA |
Poder Judicial de la Nación la ciudad de Posadas, provincia de Misiones, a los veintinueve días del mes de abril de 2014, se reúnen los señores Jueces de esta Cámara,
D.. M.D.T. de Skanata , A.L.C. de M. y M.O.B., a fin de dictar sentencia en autos:
23000353/2006CA1.G.E.R.C./ ESTADO
NACIONAL (MIN DEL INT.-GEND. NAC) S/ DEMANDA
CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA
en presencia de la señora Secretaria autorizante. Examinados los mismos y planteada la cuestión respecto a si es conforme a derecho el fallo recurrido, previo al intercambio de ideas que hacen a la esencia del Acuerdo, la Dra. M.D.T. de SKANATA ––a quien correspondió el primer voto –– dijo:
1) Que, los antecedentes de la causa han sido correctamente explicitados por el Juez de grado en los resultandos de la sentencia obrante a fs. 379/386, dándolos aquí por reproducidos a los fines de este pronunciamiento y en honor al principio de la brevedad.
2) Que, la sentencia recurrida rechazo la demanda de impugnación del acto administrativo que culminó con el retiro obligatorio del Sr. G.. No hizo lugar a la pretensión referente a percibir los rubros incapacidad sobreviniente y daño moral; eximió al actor de las costas hasta tanto mejore su fortuna y reguló honorarios de los profesionales actuantes.
3) Que, contra el dicho pronunciamiento se alza el abogado del Sr. G., E.R. a fs. 392, expresando agravios a fs.
401/414. El traslado del mismo fue dispuesto a fs. 415, siendo contestado por la demandada a fs. 416/419 vta..
4) Que, la queja del recurrente se puede sintetizar en los siguientes tópicos: 1) errónea interpretación del sentenciante respecto al material probatorio obrante en la causa, convirtiendo a la misma en arbitraria e incongruente; 2) el Juez de la instancia que antecede efectuó un examen parcial de la pericia del Psiquiatra designado por el Juzgado resultando arbitrario apartarse de dicha prueba sin fundados argumentos jurídicos; 3) el a quo se apartó también de la pericia del perito de parte y no tuvo en cuenta el Mobbing probado en autos; 4) el fallo impugnado viola los derechos al debido proceso, y defensa y protección a la salud mental. Asimismo, se invoca la existencia de hechos irregulares, arbitrarios e ilegales llevados a cabo por los superiores del actor en la fuerza.
Continúa su exposición alegando que, resulta injusto,
irrazonable y arbitrario que las pruebas colectadas en autos no fueran debidamente analizadas por el Magistrado de grado, a pesar de estar consentidas y no objetadas por la contraria. Asimismo, se agravia de un encuadre erróneo, en cuanto a su retiro obligatorio siendo correcto abonar una indemnización por los daños sufridos.
Finalmente...
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