Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 24 de Mayo de 2018, expediente CNT 053574/2012/CA001

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 43294 SALA VI Expte Nº CNT 53574/2012 (JUZG. NRO. 5)

Autos: “ELIAS VEIGA, FACUNDO DAMIAN C/PDV MERCHANDISING S.A.

S/ACCIDENTE – ACCION CIVIL“

Buenos Aires, 24 de mayo de 2018 VISTO:

La representación letrada de la parte actora apela la regulación de sus honorarios por considerarlos bajos (fs.

258).

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, la regulación de honorarios de la representación letrada de la parte actora, lucen equitativas, por lo que corresponde su confirmación (art. 38 Ley 18.345).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar la regulación de honorarios de la representación letrada de la parte actora.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

R., notifíquese y vuelvan.

Fecha de firma: 24/05/2018 Alta en sistema: 29/05/2018 Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado...

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