Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - Sala B, 22 de Julio de 2014, expediente FCB 067000024/2011/CA001

Fecha de Resolución22 de Julio de 2014
EmisorSala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B 67000024/2011 MMI doba, 22 de julio de dos mil catorce.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “E.M.A. s/TENENCIA POR CONSUMO PERSONAL” (Expte. N° FCB 67000024/2011/CA1), venidos a conocimiento de la Sala B de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 115/117 por E. Lozada, Defensor Público Oficial como defensa técnica del imputado M.A.E., en contra del proveído dictado con fecha 10 de octubre de 2013 por el señor Juez Federal Titular del Juzgado Federal de San Francisco, Dr. M.E.G., obrante a fs. 112 de autos, en la que se decide: “San Francisco, 10 de octubre de 2013. Por contestada la vista. A propósito de lo expuesto por el señor F., póngase en conocimiento que el criterio observado por este Tribunal, se inspira en la necesidad de restituir los objetos secuestrados en los procesos judiciales una vez concluidas las mismas, vg. el caso del sobreseimiento, evitando la acumulación ociosa de los mismos. En el presente caso el suscripto ha dispuesto la restitución en términos genéricos sin entrar en analizar los objetos en particular.

Respecto de la pipa secuestrada en la especie, la misma es un elemento de los comúnmente utilizados para el consumo de estupefacientes, razón por la cuál considero que no debe hacerse lugar a su pedido de restitución” Fdo. M.E.G.”.

Y CONSIDERANDO:

  1. En contra del proveído precedentemente transcripto, el Defensor Público Oficial interpuso recurso de apelación a fs. 115/117 informando en esta Instancia a fs.

    124/124vta.

  2. En el proveído citado el Juez Federal resolvió

    no hacer lugar al pedido de restitución formulado por la defensa de M.A.E. lo que se trataría de una pipa de madera color negra, propiedad del encartado, por considerar que es un elemento de los comúnmente utilizados para el consumo de estupefacientes.

  3. En contra de tal decisorio y con fecha 23 de octubre de 2013 el señor Defensor Público Oficial ante el Causa:E.M.A. s/TENENCIA POR CONSUMO PERSONAL” (Expte. N° FCB 67000024/2011/CA1)

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B Juzgado Federal de San Francisco interpuso recurso de apelación mediante escrito obrante a fs. 115/117.

    En tal sentido, esgrimió que lo resuelto por el J. a fs. 112 no sólo esta sustentado en un argumento equivocado sino que principalmente es nulo por afectar el principio de cosa juzgada toda vez que con anterioridad dictó una resolución de fecha 9/9/2013 sobreseyendo en forma definitiva a M.A.E. y ordenando en su...

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